Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060909)
Resolución de 15 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, cuyo titular es José María Pérez Flores, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
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NÚMERO 57
Lunes 24 de marzo de 2025

15200

RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización
ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos,
cuyo titular es José María Pérez Flores, en el término municipal de Villanueva
del Fresno. (2025060909)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 16 de junio de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU)
para explotación avícola de cebo de pollos en el término municipal de Villanueva del Fresno
(Badajoz) y promovida por José María Pérez Flores, con NIF ***7119** con domicilio social
en avenida de Juan Carlos I, n.º 42, CP 06110 de Villanueva del Fresno.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo de pollos
con capacidad de 56.700 pollos/ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En particular en la categoría 1.1.b del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 104, 105, 106, 107, 108 y 109 del polígono 14, del
término municipal de Villanueva del Fresno, con una superficie de 10,5 ha. Las características
esenciales del proyecto se describen en la resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 24 de enero de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 27, de 7 de febrero de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
fecha 26 de enero de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Villanueva del
Fresno, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de 3
de marzo.