Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56

14714

Viernes 21 de marzo de 2025

ANEXO V. CONCRECIONES SOBRE EL DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
En todas las pruebas es imprescindible el correcto uso ortográfico, tanto en pruebas escritas como en el
documento de programación y en el guion de la prueba 2.B, se penalizará como se indica a continuación.
Se descontará:
0.5 puntos por una falta de ortografía

5 puntos por seis faltas de ortografía.

1 punto por dos faltas de ortografía

6 puntos por siete faltas de ortografía.

2 puntos por tres faltas de ortografía

7 puntos por ocho faltas de ortografía.

3 puntos por cuatro faltas de ortografía

8 puntos por nueve faltas de ortografía

4 puntos por cinco faltas de ortografía

9 puntos por diez o más faltas de ortografía

La repetición de la misma falta se considerará como una sola.
Cada tres errores de acentuación gráfica se contabilizarán como una falta de ortografía.
La penalización por faltas de ortografía se aplicará a la nota final de la prueba correspondiente, especificando en
observaciones del acta de evaluación de aspirantes los errores ortográficos que motivan dicha penalización.
En el caso de las especialidades de lenguas extranjeras o especialidades en las que elementos en otras lenguas formen
parte del contenido evaluable de las pruebas escritas, las comisiones de selección podrán publicar las concreciones
que consideren necesarias referidas a la ortografía.
PRIMERA PRUEBA
1. EJERCICIO PRÁCTICO (PARTE 1.A)
Las Comisiones de selección determinarán el medio más apropiado para la realización del ejercicio práctico, que
podrá ser por escrito para los distintos ejercicios, supuestos, pruebas o cuestiones en que consista, atendiendo
a la disponibilidad de tiempos y de espacios.
En todas las especialidades se incluirá, además de lo definido a continuación para cada una de ellas al objeto de
comprobar de forma práctica la formación científica, un apartado que permita mostrar el dominio de las
habilidades técnicas correspondientes a la especialidad. Este apartado podrá estar relacionado directamente con
el caso o casos propuestos, teniendo que realizar una justificación didáctica de los contenidos del ejercicio
planteado en una o varias materias/módulo profesional, si procede, o la resolución de una situación de aula
concreta referida a una materia/módulo profesional con atribución docente en la especialidad.
El Tribunal podrá valorar, además del resultado correcto, el procedimiento seguido en la resolución de los
ejercicios, el nivel de aprovechamiento de los materiales, la selección y utilización diestra de equipos, útiles y
herramientas, el nivel de destreza, la idoneidad de las técnicas aplicadas y la aplicación de la normativa vigente.
Asimismo, será tenido en cuenta el cumplimiento durante todo el proceso de las condiciones óptimas de
seguridad e higiene.
Las comisiones de selección, en caso necesario, darán a conocer con suficiente antelación en el portal PROFEX
los medios técnicos necesarios para la realización de los ejercicios que componen la Parte 1.A.
590 - Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
590 001 - Filosofía
- A partir de textos filosóficos, pertenecientes a obras representativas de diferentes autorías o corrientes incluidas
en el temario, se plantearán cuestiones relacionadas con su contenido, estructura y comentario crítico.