Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14704
1. S
e excluirá a aquellas personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:
• Las personas de nuevo ingreso en lista ordinaria que no hayan superado la prueba o
ejercicio del proceso selectivo, de conformidad con la base LII.
• Las personas integrantes de listas ordinarias que no acrediten su participación en el procedimiento selectivo, de conformidad con la base LVI.
• Aquellas que resulten seleccionadas en el mismo cuerpo en los procedimientos selectivos
convocados por las Administraciones Educativas y no hayan sido excluidos con anterioridad a la publicación de las listas de espera ordinarias definitivas.
• A quienes a lo largo del desarrollo de los procedimientos dejen de cumplir los requisitos
generales establecidos en esta Convocatoria.
2. S
e modificará de oficio el apartado 2 del baremo de méritos, referido al resultado obtenido
en el proceso selectivo de ingreso convocado por la presente resolución, en aplicación de
lo previsto en el apartado 2 del anexo del Decreto 51/2019.
Base LI. Ordenación de las listas de espera.
Las personas integrantes de las listas de espera ordinarias serán ordenadas con arreglo al
baremo que se incluye como anexo X de la presente resolución.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO PARA INTEGRACIÓN POR PRIMERA VEZ EN LAS LISTAS DE
ESPERA DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y PROFESORES
ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Base LII. Requisitos de participación.
Quienes soliciten integrarse por primera vez en una lista de espera ordinaria, además de
cumplir los requisitos generales y específicos a que se alude en la base IV, deberán superar
una prueba o ejercicio del procedimiento selectivo para ingreso en la especialidad correspondiente.
Se entenderá superada la citada prueba o ejercicio en los siguientes casos:
a. Para quienes estén en posesión de alguna de las titulaciones, para la especialidad correspondiente, indicadas en la orden vigente por la que se establecen las titulaciones
exigidas para formar parte de las listas de espera de personal docente no universitario
de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Viernes 21 de marzo de 2025
14704
1. S
e excluirá a aquellas personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:
• Las personas de nuevo ingreso en lista ordinaria que no hayan superado la prueba o
ejercicio del proceso selectivo, de conformidad con la base LII.
• Las personas integrantes de listas ordinarias que no acrediten su participación en el procedimiento selectivo, de conformidad con la base LVI.
• Aquellas que resulten seleccionadas en el mismo cuerpo en los procedimientos selectivos
convocados por las Administraciones Educativas y no hayan sido excluidos con anterioridad a la publicación de las listas de espera ordinarias definitivas.
• A quienes a lo largo del desarrollo de los procedimientos dejen de cumplir los requisitos
generales establecidos en esta Convocatoria.
2. S
e modificará de oficio el apartado 2 del baremo de méritos, referido al resultado obtenido
en el proceso selectivo de ingreso convocado por la presente resolución, en aplicación de
lo previsto en el apartado 2 del anexo del Decreto 51/2019.
Base LI. Ordenación de las listas de espera.
Las personas integrantes de las listas de espera ordinarias serán ordenadas con arreglo al
baremo que se incluye como anexo X de la presente resolución.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO PARA INTEGRACIÓN POR PRIMERA VEZ EN LAS LISTAS DE
ESPERA DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y PROFESORES
ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Base LII. Requisitos de participación.
Quienes soliciten integrarse por primera vez en una lista de espera ordinaria, además de
cumplir los requisitos generales y específicos a que se alude en la base IV, deberán superar
una prueba o ejercicio del procedimiento selectivo para ingreso en la especialidad correspondiente.
Se entenderá superada la citada prueba o ejercicio en los siguientes casos:
a. Para quienes estén en posesión de alguna de las titulaciones, para la especialidad correspondiente, indicadas en la orden vigente por la que se establecen las titulaciones
exigidas para formar parte de las listas de espera de personal docente no universitario
de la Comunidad Autónoma de Extremadura: