Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

14700

En cumplimiento del artículo 11.1 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera quienes al finalizar el proceso selectivo de ingreso carezcan del requisito de discapacidad, o de la capacidad funcional necesaria para el desempeño
de las tareas o funciones objeto de la presente convocatoria, quedando sin efecto todas sus
actuaciones en el proceso selectivo de ingreso, y sin perjuicio de la responsabilidad en que
puedan haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores
que se pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a
plazas correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos establecidos para
la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario docente, manteniendo todos los
derechos que pudieran corresponderles por la fecha efectiva de su ingreso en el cuerpo.
Base XLVI. Posesión y destino definitivo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 10, letra d), del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, las personas que hayan superado el proceso selectivo de ingreso deberán obtener
su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional de la Junta de Extremadura, acudiendo con carácter forzoso al concurso correspondiente, conforme dispone el artículo 2, en sus apartados 2 y 3, del Real Decreto
1364/2010, de 29 de octubre.
TÍTULO IV. LISTAS DE ESPERA ORDINARIAS
En este título se regulan los dos procedimientos contemplados en el artículo 3 del Decreto
51/2019, de 30 de abril, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de
personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
1. I ntegración por primera vez en listas de espera ordinarias.
2. Valoración de méritos del personal integrante de las listas de espera ordinarias vigentes
para el presente curso escolar.
CAPÍTULO I. NORMAS COMUNES A AMBOS PROCEDIMIENTOS.
Base XLVII. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
Quienes deseen participar en los procedimientos regulados en este título deberán presentar la
solicitud correspondiente junto con la documentación acreditativa de los requisitos generales
y específicos exigidos para ello, así como de los méritos a los que hace referencia el anexo X,
en el plazo y forma establecido en la base VI de la presente resolución de convocatoria.