Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14645
Los errores en la inscripción y en el pago de tasas que sean imputables a las personas
interesadas no darán lugar a devolución de tasas.
No se admitirán las peticiones de devolución de la tasa de las personas que, una vez realizada la solicitud, y como resultado del estudio de su expediente, resulten excluidas.
6.4.2. Cuantía de la tasa por derechos de examen.
La cuantía por cada especialidad vendrá definida conforme a la resolución por la que se
publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo que se disponga en la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso
selectivo de ingreso.
6.4.3. Exenciones y bonificaciones del pago de la tasa por derechos de examen.
Se aplicarán las exenciones y bonificaciones establecidas por la resolución por la que se publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso selectivo.
6.5. Documentación para presentar junto a la solicitud.
Se deberá acompañar las solicitudes con la documentación acreditativa necesaria, tanto de
los requisitos generales de participación, como de los específicos de cada procedimiento, así
como de los méritos.
La fecha límite para aportar la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos
antes citados será la del día de finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.
La persona aspirante declarará en la solicitud de participación que reúne los requisitos exigidos para participar en el procedimiento selectivo y que los documentos aportados son veraces. En el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportada podrá ser excluido
de su participación en este procedimiento con independencia de las responsabilidades a que
hubiera lugar. El órgano convocante podrá solicitar, en cualquier momento del procedimiento
selectivo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos
incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia. Asimismo, se
reserva el derecho de proceder legalmente contra quienes hubieran modificado o alterado
documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.
Viernes 21 de marzo de 2025
14645
Los errores en la inscripción y en el pago de tasas que sean imputables a las personas
interesadas no darán lugar a devolución de tasas.
No se admitirán las peticiones de devolución de la tasa de las personas que, una vez realizada la solicitud, y como resultado del estudio de su expediente, resulten excluidas.
6.4.2. Cuantía de la tasa por derechos de examen.
La cuantía por cada especialidad vendrá definida conforme a la resolución por la que se
publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo que se disponga en la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso
selectivo de ingreso.
6.4.3. Exenciones y bonificaciones del pago de la tasa por derechos de examen.
Se aplicarán las exenciones y bonificaciones establecidas por la resolución por la que se publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso selectivo.
6.5. Documentación para presentar junto a la solicitud.
Se deberá acompañar las solicitudes con la documentación acreditativa necesaria, tanto de
los requisitos generales de participación, como de los específicos de cada procedimiento, así
como de los méritos.
La fecha límite para aportar la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos
antes citados será la del día de finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.
La persona aspirante declarará en la solicitud de participación que reúne los requisitos exigidos para participar en el procedimiento selectivo y que los documentos aportados son veraces. En el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportada podrá ser excluido
de su participación en este procedimiento con independencia de las responsabilidades a que
hubiera lugar. El órgano convocante podrá solicitar, en cualquier momento del procedimiento
selectivo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos
incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia. Asimismo, se
reserva el derecho de proceder legalmente contra quienes hubieran modificado o alterado
documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.