Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14625
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso,
acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de
Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración
en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de
integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos. (2025060902)
La disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
establece que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula los procedimientos de ingreso en
los cuerpos docentes que se convoquen, disponiendo en su artículo 3, apartado 1, que los
órganos competentes de las Administraciones Públicas convocantes, una vez aprobadas sus
respectivas ofertas de empleo, procederán a realizar la convocatoria para la provisión de las
plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo, con sujeción, en todo caso, a las normas de
función pública que les sean de aplicación.
Por su parte, el artículo 52 dispone que las Administraciones Educativas determinarán, mediante las oportunas convocatorias, las nuevas especialidades que dentro del cuerpo de pertenencia pueden adquirirse mediante el procedimiento descrito en el título V de la norma
reglamentaria.
Destaca especialmente en esta convocatoria los esfuerzos de la Dirección General de Personal
Docente por alcanzar un procedimiento en el que la mayoría de sus aspectos están digitalizados, para dar cumplimiento al artículo 28 de la Ley 39/2015, cuya aplicabilidad práctica cobra
su mayor sentido en procedimientos masivos con convocatorias de empleo público.
Para garantizar la validez de la documentación aportada digitalmente, en el momento de cumplimentar la solicitud, se deberá marcar la casilla habilitada para ello, para garantizar que la
documentación aportada sea veraz y correcta.
La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2023 (BOE núm. 30, de 4 de febrero), en su artículo 32 relativo a la Oferta
de Empleo Público estipula que: “La Oferta de Empleo Público, dentro de los límites estable
Viernes 21 de marzo de 2025
14625
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso,
acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de
Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración
en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de
integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos. (2025060902)
La disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
establece que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula los procedimientos de ingreso en
los cuerpos docentes que se convoquen, disponiendo en su artículo 3, apartado 1, que los
órganos competentes de las Administraciones Públicas convocantes, una vez aprobadas sus
respectivas ofertas de empleo, procederán a realizar la convocatoria para la provisión de las
plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo, con sujeción, en todo caso, a las normas de
función pública que les sean de aplicación.
Por su parte, el artículo 52 dispone que las Administraciones Educativas determinarán, mediante las oportunas convocatorias, las nuevas especialidades que dentro del cuerpo de pertenencia pueden adquirirse mediante el procedimiento descrito en el título V de la norma
reglamentaria.
Destaca especialmente en esta convocatoria los esfuerzos de la Dirección General de Personal
Docente por alcanzar un procedimiento en el que la mayoría de sus aspectos están digitalizados, para dar cumplimiento al artículo 28 de la Ley 39/2015, cuya aplicabilidad práctica cobra
su mayor sentido en procedimientos masivos con convocatorias de empleo público.
Para garantizar la validez de la documentación aportada digitalmente, en el momento de cumplimentar la solicitud, se deberá marcar la casilla habilitada para ello, para garantizar que la
documentación aportada sea veraz y correcta.
La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2023 (BOE núm. 30, de 4 de febrero), en su artículo 32 relativo a la Oferta
de Empleo Público estipula que: “La Oferta de Empleo Público, dentro de los límites estable