Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060881)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de legalización e implantación de uso turístico, cuyo promotor es Javier Guzmán Acha, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.: IA24/1555.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14871
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de legalización e implantación de uso turístico, cuyo promotor es
Javier Guzmán Acha, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.:
IA24/1555. (2025060881)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de legalización e implantación de uso turístico en edificaciones existentes, a ubicar
en la parcela 344 del polígono 3 del término municipal de Villanueva de la Vera, se encuentra
incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Javier Guzmán Acha.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la legalización e implantación de uso turístico en
las edificaciones existentes. La instalación estará compuesta por un edificio principal con
una superficie construida de 270,90 m2, que consta de cuatro dormitorios, tres baños, salón, biblioteca, comedor, cocina y dos porches, una segunda edificación con dos plantas,
que consta de dos dormitorios y dos baños en dos plantas y una superficie construida de
140,90 m2, además cuenta con un merendero con una superficie de 11,25 m2 y un cuarto
de instalaciones con 10,30 m2. No se prevé la realización de obras, a excepción de la construcción de las fosas sépticas, pues las edificaciones están realizadas.
Viernes 21 de marzo de 2025
14871
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de legalización e implantación de uso turístico, cuyo promotor es
Javier Guzmán Acha, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.:
IA24/1555. (2025060881)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de legalización e implantación de uso turístico en edificaciones existentes, a ubicar
en la parcela 344 del polígono 3 del término municipal de Villanueva de la Vera, se encuentra
incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Javier Guzmán Acha.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la legalización e implantación de uso turístico en
las edificaciones existentes. La instalación estará compuesta por un edificio principal con
una superficie construida de 270,90 m2, que consta de cuatro dormitorios, tres baños, salón, biblioteca, comedor, cocina y dos porches, una segunda edificación con dos plantas,
que consta de dos dormitorios y dos baños en dos plantas y una superficie construida de
140,90 m2, además cuenta con un merendero con una superficie de 11,25 m2 y un cuarto
de instalaciones con 10,30 m2. No se prevé la realización de obras, a excepción de la construcción de las fosas sépticas, pues las edificaciones están realizadas.