Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060877)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural y chozo, cuyo promotor es José Antonio Marqués Vázquez, en el término municipal de Calera de León (Badajoz). Expte.: IA24/2073.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

14832

— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
— Se estará a lo dispuesto en la normativa en materia de incendios forestales vigente.
— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de la actividad. Esta notificación se realizará un mes antes del inicio de la actividad.
— Si durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies
Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001)
que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por los técnicos de
la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.
— Si durante la fase de explotación del proyecto se detectara la presencia de algún rodal
de Centaurea amblesis subsp. Tentudaica, el promotor contactará con el Agente del Medio Natural de la zona al objeto de delimitarlo, y con el Centro de Conservación de Flora
de la Junta de Extremadura quien valorará la realización de las actuaciones necesarias
para asegurar la viabilidad de las escasas poblaciones presentes. Se evitarán forestaciones en el entorno de las poblaciones, así como desbroces no selectivos.
— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán
contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento
de Calera de León, las competencias en estas materias.
— El proyecto se localiza en la zona de policía del cauce del barranco Santa Ana. No consta
en el organismo de cuenca que se haya solicitado la pertinente autorización para las
actividades y usos del suelo previstos en zona de policía, por lo que deberá solicitarse
ante la Confederación Hidrográfica del Guadiana, a la mayor brevedad posible.
— En cuanto al abastecimiento de aguas, se realizará desde pozo de sondeo. Según los
datos obrantes en el Organismo de cuenca, el promotor solicitó, con fecha 23/06/2023
la inscripción de un aprovechamiento de aguas subterráneas, según lo establecido en
el artículo 54.2 del TRLA, para usos doméstico, riego y recreativo, en la parcela 535,