Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060868)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cetes", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA24/0130.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025



14784

• En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde al municipio de Badajoz realizar el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en
su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al
resto de legislación aplicable.



• Con la información facilitada ha sido posible comprobar que no consta expediente
administrativo en tramitación destinado al otorgamiento de la calificación rústica regulada en los artículos 69 y siguientes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.



• La materialización de edificaciones, construcciones e instalaciones destinadas a cualquiera de los usos permitidos y/o autorizables recogidos en los apartados 4 y 5 del
artículo 67 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que se pretendan realizar en el suelo rústico, requerirá de la oportuna calificación rústica mediante resolución expresa como requisito
imprescindible previo a la licencia municipal.



• El procedimiento de calificación rústica para legitimar la actuación pretendida deberá
tramitarse conforme a lo dispuesto en el apartado 9 del artículo 69 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.

— Con fecha 6 de junio de 2024, el Servicio de Infraestructuras Rurales informa que atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Cáceres
aprobado por Orden Ministerial BOE 30/10/1941, una vez vista la ubicación de Planta
Solar Fotovoltaica “Cetes” e infraestructura de evacuación, se comprueba que afecta al
dominio de vías pecuarias al cruzar la línea de evacuación la “Cañada Real del Casar”,
la cual fue deslindada mediante la Dirección General de Ganadería 21/05/47 (BOP de
04/06/47), amojonamiento por Resolución de 21 de octubre de 2010, de la Dirección
General de Desarrollo Rural (DOE de 18/11/10).
Cualquier actuación en terrenos de vías pecuarias, deberá contar con la correspondiente
autorización de esta Dirección General, atendiendo a lo dispuesto en artículo 226 de la
Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE de 26/03/2015),
y a lo dispuesto en el Decreto 65/2022, de 8 de junio, del 2022 (DOE de 14/06/2022)
que regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el acondicionamiento,
mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter
no agrícola, en las vías pecuarias.