Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Colaboración Económica Municipal. (2025060839)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Consejera, por la que se da publicidad al Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Escuelas Infantiles (0-3 años) titularidad de las entidades locales.
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NÚMERO 55
14549
Jueves 20 de marzo de 2025
El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en redacción dada por
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación determina que las Administraciones Públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil. Asimismo,
coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la
oferta educativa en este ciclo.
El artículo 87 de la LEEX propugna la generalización progresiva del acceso al primer ciclo
de Educación Infantil, que hará posible el derecho a una educación temprana y facilitará la
conciliación de la vida personal, familiar y profesional. Para asegurar esta oferta educativa es
necesario contar, además de con los centros propios, con la cooperación de las entidades locales que, cumpliendo con los requisitos establecidos en la legislación educativa, permitan incrementar la oferta de plazas en estas enseñanzas y proporcionar así la cobertura necesaria.
Entre las actuaciones prioritarias de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional está la de colaborar con los Ayuntamientos en el sostenimiento de los costes necesarios
para el correcto funcionamiento de las escuelas infantiles de su titularidad.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.r) y 90.3
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y artículo 46.2 de la LGAMEX previa concertación en el Consejo
de Política Local, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional
de la Junta de Extremadura este Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 4 de marzo de
2025 adopta el siguiente,
ACUERDO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. El objeto del presente acuerdo es aprobar el Programa de Colaboración Económica Municipal de Escuelas Infantiles (0-3 años) titularidad de las Entidades Locales, que establece las
condiciones de gestión y ejecución presupuestaria conforme a lo previsto en el artículo 46
de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura
(LGAMEX) y la distribución del crédito del mismo, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Política Local de fecha 26 de febrero de 2025.
2. La
finalidad de este programa es financiar, total o parcialmente, los costes de funcionamiento de las Escuelas Infantiles (0-3 años) inscritas en el Registro de Centros Docentes no
Universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura de titularidad de las entidades
locales, que se produzcan desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
14549
Jueves 20 de marzo de 2025
El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en redacción dada por
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación determina que las Administraciones Públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil. Asimismo,
coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la
oferta educativa en este ciclo.
El artículo 87 de la LEEX propugna la generalización progresiva del acceso al primer ciclo
de Educación Infantil, que hará posible el derecho a una educación temprana y facilitará la
conciliación de la vida personal, familiar y profesional. Para asegurar esta oferta educativa es
necesario contar, además de con los centros propios, con la cooperación de las entidades locales que, cumpliendo con los requisitos establecidos en la legislación educativa, permitan incrementar la oferta de plazas en estas enseñanzas y proporcionar así la cobertura necesaria.
Entre las actuaciones prioritarias de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional está la de colaborar con los Ayuntamientos en el sostenimiento de los costes necesarios
para el correcto funcionamiento de las escuelas infantiles de su titularidad.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.r) y 90.3
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y artículo 46.2 de la LGAMEX previa concertación en el Consejo
de Política Local, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional
de la Junta de Extremadura este Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 4 de marzo de
2025 adopta el siguiente,
ACUERDO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. El objeto del presente acuerdo es aprobar el Programa de Colaboración Económica Municipal de Escuelas Infantiles (0-3 años) titularidad de las Entidades Locales, que establece las
condiciones de gestión y ejecución presupuestaria conforme a lo previsto en el artículo 46
de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura
(LGAMEX) y la distribución del crédito del mismo, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Política Local de fecha 26 de febrero de 2025.
2. La
finalidad de este programa es financiar, total o parcialmente, los costes de funcionamiento de las Escuelas Infantiles (0-3 años) inscritas en el Registro de Centros Docentes no
Universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura de titularidad de las entidades
locales, que se produzcan desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.