Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2025050043)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2025 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
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NÚMERO 55
Jueves 20 de marzo de 2025

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la persona responsable del área en la que se integre dicha asignatura. La Junta de Profesores
evaluará dichos informes de aptitud del alumnado, previa exposición de cada responsable de
área, pudiendo acordar motivadamente, en caso de existir informes desfavorables de una
persona en relación con una o más asignaturas, que la misma sea sometida a expediente
disciplinario por constituir dichas conductas alguno de los supuestos tipificados en el capítulo
II del título VI de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, como infracción leve, grave o muy grave.
La falta de asistencia al curso de formación por tiempo que exceda del 10% de su total duración, supondrá, salvo que concurra una causa extraordinaria debidamente acreditada y
apreciada, la automática exclusión del procedimiento selectivo, todo ello sin perjuicio de lo
que se disponga particularmente para cada asignatura en las circulares de régimen interno.
La solicitud de disfrute de cualquier permiso o licencia que suponga una ausencia del curso
de formación deberá ser presentada en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura,
y previamente autorizada por la persona responsable. A los efectos del disfrute de licencias
o permisos supeditados a las necesidades de servicio, se entenderá que dichas necesidades
existen siempre que se encuentre programada actividad docente obligatoria coincidente con
las fechas solicitadas.
Para el nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera será condición indispensable que las personas aspirantes realicen y superen este curso, quedando anulado el
nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los y las
aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso posterior, oída la Junta de Profesores y siempre que conste el informe favorable de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura y la autorización del Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
La calificación definitiva del curso selectivo vendrá determinada por la media aritmética de las
calificaciones numéricas obtenidas del total de asignaturas que lo integran y que, en cualquier
caso, deberá arrojar un resultado igual o superior a 5 puntos. Además, cada persona deberá
obtener una calificación como APTA en la valoración aptitudinal y en el período de prácticas
respectivamente.
Cuarta. Régimen de asistencia del alumnado de la ASPEX.
1. El alumnado de los cursos selectivos asistirá a todas las actividades que se desarrollen con
el uniforme determinado por la ASPEX y seguirán las instrucciones marcadas en el manual
del alumno.
El resto de alumnado asistirá a todas las actividades que se desarrollen con el uniforme
reglamentario. En ningún caso estarán en posesión de armamento (salvo indicación en