Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2025050043)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2025 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
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NÚMERO 55
Jueves 20 de marzo de 2025

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de cinco minutos sin utilizar aletines, aletas, manoplas o impulsores de cualquier
tipo. La persona que así lo desee, puede realizar esta prueba con gafas de natación.
Realizar una apnea con desplazamiento de 25 mts. o lo que es lo mismo el largo de
una piscina corta, sin impulsos ni saltos y sin máscaras o gafas de natación. Realizar
una apnea estática en la escalera de una piscina de 45 segundos como mínimo, sin
máscaras ni gafas de natación. Se publicará fecha y hora de celebración de dichas
pruebas físicas.


— Orden de recepción de las solicitudes, por fechas.

— Mediante sorteo, cuando existan después de aplicar todos los criterios anteriores
igualdad de condiciones.
3. Una vez realizada la selección inicial, se comunicará tanto a los alumnos seleccionados
como a los Ayuntamientos de las Agrupaciones Locales de Voluntarios a que pertenecen
éstos, para las acciones formativas.
4. L
 os alumnos seleccionados deberán confirmar expresamente la asistencia al Curso o renunciar a la misma con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha de inicio del mismo.
5. En caso de que algún alumno seleccionado comunique su renuncia al Curso, se ofertará la
plaza vacante al solicitante que se encuentre en primer lugar en la lista de espera.
6. La no comunicación de la asistencia o renuncia al Curso en el plazo indicado en el apartado 4, así como las faltas de asistencia, salvo justificación por causa de fuerza mayor,
conllevará la penalización para la participación en las actividades formativas en materia de
protección civil de la presente y siguiente anualidad.
Décima. Renuncias.
1. U
 na vez notificada la selección para una actividad determinada, en el caso de que una persona finalmente, y por causa sobrevenida, no pueda asistir a la misma una vez finalizado
el plazo de renuncia voluntaria, deberá comunicarlo a la ASPEX, al menos, con una semana
de antelación al comienzo de dicha actividad, a fin de poder cubrir su vacante con otro solicitante. En estos casos deberá realizar su renuncia por escrito, aportando los justificantes
que estime oportunos.
2. El incumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, así como la no presentación de
la persona seleccionada a un curso, sin renuncia o justificación del absentismo por escrito
y aportando, en su caso, los justificantes oportunos, será puesto en conocimiento de su
Alcalde o Jefe respectivo y además computará negativamente e impedirá su admisión en el
resto de actividades formativas del Plan de Formación de la ASPEX para 2025, y su selección para actividades formativas en los dos años inmediatamente siguientes.