Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060815)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es 2015 Coto de Vera, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 52
Lunes 17 de marzo de 2025

13733

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de
cebadero de terneros, cuya titular es 2015 Coto de Vera, SL, en el término
municipal de Mérida. (2025060815)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 23 de julio de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
cebadero de terneros en régimen intensivo en el término municipal de Mérida (Badajoz) y
promovida por 2015 Coto de Vera, SL, con CIF B-06686455, con domicilio en c/ San Juan, n.º
25, piso 1, CP 06800 de Mérida.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un cebadero de terneros en régimen intensivo con una capacidad de 150 terneros. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b del anexo II.
La explotación se ubicará en los recintos 2, 3 y 4 de la parcela 15 del polígono 123, del término municipal de Mérida, con una superficie de 1,68 ha. Las características esenciales del
proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica Anuncio de fecha 8 de septiembre de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 181, de 17 de septiembre de
2024), poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 19 de septiembre de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de
Mérida, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.