Diputación Provincial De Cáceres. Convenios. (2025ED0008)
Edicto de 25 de febrero de 2025 sobre Acuerdo de aprobación del Convenio de colaboración entre los Organismos Autónomos de Recaudación y Gestión Tributaria de las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, para la realización de actuaciones conjuntas para potenciar la eficacia y la excelencia en la gestión pública local.
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NÚMERO 49
Miércoles 12 de marzo de 2025
13312
Tercero. Que el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación
de Cáceres (en adelante OARGT) es un organismo de carácter administrativo, a efectos de su
régimen presupuestario y contable, personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar,
administrar, adquirir, contratar, asumir obligaciones, así como renunciar y ejercer libremente
toda clase de derechos y acciones ante las otras administraciones públicas, juzgados y tribunales, todo ello para la consecución de sus objetivos y finalidades.
Tiene, asimismo, autonomía administrativa y económica, en la medida que la reconocen las
leyes que le son aplicables, sin perjuicio de las facultades tuitivas que corresponden a la Excelentísima Diputación Provincial.
Dentro de su esfera de competencias, corresponde al OARGT, las potestades administrativas
precisas para el cumplimiento de sus fines, salvo la potestad expropiatoria.
El OARGT tiene, autonomía financiera y funcional, con la finalidad de llevar a cabo la gestión
y recaudación de los ingresos de derecho público de las Entidades locales de la provincia, así
como de todos aquellos otros organismos públicos que voluntariamente decidan delegar su
gestión recaudatoria en la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres.
Cuarto. El OARGT, como entidad pública con competencias en el ámbito provincial, también
comparte la visión de fortalecer la cooperación interinstitucional para lograr un desarrollo más
integral y sostenible en la región.
Su misión es facilitar a los Ayuntamientos y otros organismos públicos de la provincia, recursos económicos a través del asesoramiento, gestión y recaudación de los tributos municipales, de modo que dispongan de los mejores medios para prestar servicios que mejoren la
calidad de vida de sus habitantes
Desde el año 2018 el OARGT se inicia en una cultura de mejora en su sistema de gestión de
calidad tomando como referencia el Modelo EFQM de Excelencia, Innovación y Sostenibilidad,
que abarca la puesta en marcha de diferentes actividades bajo la implicación de todos los
integrantes de la organización. Asimismo, en el marco de su compromiso con la excelencia
administrativa, busca avanzar en su desarrollo y su contribución a la mejora de la calidad de
vida de toda la provincia a partir de su actuación en la gestión de la recaudación de las corporaciones locales de la provincia, así como en las exigencias que la sociedad actual plantea
a las administraciones públicas.
Quinto. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, habilita a las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes, en el ámbito de sus respectivas competencias, para suscribir
convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la
titularidad de la competencia, para un fin común.
Miércoles 12 de marzo de 2025
13312
Tercero. Que el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación
de Cáceres (en adelante OARGT) es un organismo de carácter administrativo, a efectos de su
régimen presupuestario y contable, personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar,
administrar, adquirir, contratar, asumir obligaciones, así como renunciar y ejercer libremente
toda clase de derechos y acciones ante las otras administraciones públicas, juzgados y tribunales, todo ello para la consecución de sus objetivos y finalidades.
Tiene, asimismo, autonomía administrativa y económica, en la medida que la reconocen las
leyes que le son aplicables, sin perjuicio de las facultades tuitivas que corresponden a la Excelentísima Diputación Provincial.
Dentro de su esfera de competencias, corresponde al OARGT, las potestades administrativas
precisas para el cumplimiento de sus fines, salvo la potestad expropiatoria.
El OARGT tiene, autonomía financiera y funcional, con la finalidad de llevar a cabo la gestión
y recaudación de los ingresos de derecho público de las Entidades locales de la provincia, así
como de todos aquellos otros organismos públicos que voluntariamente decidan delegar su
gestión recaudatoria en la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres.
Cuarto. El OARGT, como entidad pública con competencias en el ámbito provincial, también
comparte la visión de fortalecer la cooperación interinstitucional para lograr un desarrollo más
integral y sostenible en la región.
Su misión es facilitar a los Ayuntamientos y otros organismos públicos de la provincia, recursos económicos a través del asesoramiento, gestión y recaudación de los tributos municipales, de modo que dispongan de los mejores medios para prestar servicios que mejoren la
calidad de vida de sus habitantes
Desde el año 2018 el OARGT se inicia en una cultura de mejora en su sistema de gestión de
calidad tomando como referencia el Modelo EFQM de Excelencia, Innovación y Sostenibilidad,
que abarca la puesta en marcha de diferentes actividades bajo la implicación de todos los
integrantes de la organización. Asimismo, en el marco de su compromiso con la excelencia
administrativa, busca avanzar en su desarrollo y su contribución a la mejora de la calidad de
vida de toda la provincia a partir de su actuación en la gestión de la recaudación de las corporaciones locales de la provincia, así como en las exigencias que la sociedad actual plantea
a las administraciones públicas.
Quinto. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, habilita a las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes, en el ámbito de sus respectivas competencias, para suscribir
convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la
titularidad de la competencia, para un fin común.