Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2025060748)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación de personas aspirantes que han superado, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, las pruebas selectivas de carácter excepcional, por el procedimiento de concurso-oposición convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022, para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno, Especialidad Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 47
Lunes 10 de marzo de 2025
12900
Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del
documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica
o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente
tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
2. L
a persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo de la especialidad de Subalterno del Cuerpo Subalterno deberá aportar, en el plazo indicado en el apartado anterior, certificado médico que acredite que posee la capacidad funcional necesaria
para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma. De conformidad con
ello serán válidos:
• Certificado médico oficial editado por el Consejo General de la Organización Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado.
• Certificación médica expedida por médico de Atención Primaria del Servicio Extremeño
de Salud o el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona
interesada.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
especialidad a la que opta. A tales efectos, el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma
individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para
su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas propias de la especialidad, la persona aspirante no podrá
ser contratada, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
Lunes 10 de marzo de 2025
12900
Las personas aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una copia auténtica del
documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica
o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente
tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
2. L
a persona aspirante que se encuentre desempeñando un puesto de trabajo de la especialidad de Subalterno del Cuerpo Subalterno deberá aportar, en el plazo indicado en el apartado anterior, certificado médico que acredite que posee la capacidad funcional necesaria
para el desempeño de las tareas propias o habituales de la misma. De conformidad con
ello serán válidos:
• Certificado médico oficial editado por el Consejo General de la Organización Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado.
• Certificación médica expedida por médico de Atención Primaria del Servicio Extremeño
de Salud o el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona
interesada.
En los demás casos, las personas aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
especialidad a la que opta. A tales efectos, el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma
individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para
su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas propias de la especialidad, la persona aspirante no podrá
ser contratada, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.