Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060735)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, el Ayuntamiento de Badajoz y la Fundación Bancaria "La Caixa" para el desarrollo en la localidad de Badajoz del programa Caixaproinfancia.
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NÚMERO 46
Viernes 7 de marzo de 2025
12734
— Un adulto (el primer): 1 punto.
— Menor: 0,3 puntos.
— Adulto (a partir del segundo): 0,5 puntos.
— Considerando la situación de monoparentalidad como un factor de riesgo de exclusión,
se sumarán 0,6 puntos adicionales a todas las familias monoparentales (sin importar el
número de hijos) para compensar su situación.
— Además, para aquellas familias con hijos/as con discapacidad, se añadirán 0,3 puntos
adicionales para poder compensar también su situación.
4. P
ROPUESTA DE FAMILIA BENEFICIARIA.
Las familias beneficiarias deberán ser propuestas para una Mesa de Trabajo técnica, que
estará formado por:
— Un Representante de la entidad coordinadora.
— Un Trabajador Social que desarrolle su actividad en la zona de actuación.
— Un Educador Social que desarrolle su actividad en la zona de actuación.
— Un representante del Centro de Salud al que esté adscrito la familia propuesta.
— Un representante del Centro Educativo en el que cursen sus estudios los menores de la
familia propuesta.
Cualquier integrante de esta mesa, podrá proponer a una familia como familia beneficiaria.
La Mesa de Trabajo técnica, podrá proponer la realización de un determinado Plan de Trabajo a las familias Beneficiarias.
A la Mesa de Trabajo técnica podrán ser invitados otros profesionales del ámbito de lo
público o privado, al objeto de informar sobre cuestiones que estén relacionadas con la
familia propuesta.
5. E
XCLUSIÓN DE LA FAMILIA BENEFICIARIA.
Las familias beneficiarias podrán ser excluidas del Programa CaixaProinfancia por los siguientes motivos:
— Cumplimiento de mayoría de edad de todos los menores.
Viernes 7 de marzo de 2025
12734
— Un adulto (el primer): 1 punto.
— Menor: 0,3 puntos.
— Adulto (a partir del segundo): 0,5 puntos.
— Considerando la situación de monoparentalidad como un factor de riesgo de exclusión,
se sumarán 0,6 puntos adicionales a todas las familias monoparentales (sin importar el
número de hijos) para compensar su situación.
— Además, para aquellas familias con hijos/as con discapacidad, se añadirán 0,3 puntos
adicionales para poder compensar también su situación.
4. P
ROPUESTA DE FAMILIA BENEFICIARIA.
Las familias beneficiarias deberán ser propuestas para una Mesa de Trabajo técnica, que
estará formado por:
— Un Representante de la entidad coordinadora.
— Un Trabajador Social que desarrolle su actividad en la zona de actuación.
— Un Educador Social que desarrolle su actividad en la zona de actuación.
— Un representante del Centro de Salud al que esté adscrito la familia propuesta.
— Un representante del Centro Educativo en el que cursen sus estudios los menores de la
familia propuesta.
Cualquier integrante de esta mesa, podrá proponer a una familia como familia beneficiaria.
La Mesa de Trabajo técnica, podrá proponer la realización de un determinado Plan de Trabajo a las familias Beneficiarias.
A la Mesa de Trabajo técnica podrán ser invitados otros profesionales del ámbito de lo
público o privado, al objeto de informar sobre cuestiones que estén relacionadas con la
familia propuesta.
5. E
XCLUSIÓN DE LA FAMILIA BENEFICIARIA.
Las familias beneficiarias podrán ser excluidas del Programa CaixaProinfancia por los siguientes motivos:
— Cumplimiento de mayoría de edad de todos los menores.