Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060735)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, el Ayuntamiento de Badajoz y la Fundación Bancaria "La Caixa" para el desarrollo en la localidad de Badajoz del programa Caixaproinfancia.
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NÚMERO 46
Viernes 7 de marzo de 2025

12729

e) S
 i consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden
presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de privacidad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
2. F
 inalmente, a los fines de garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia
de protección de datos personales, las partes se comprometen a facilitar el contenido informativo de la presente cláusula a aquellos interesados que en su condición de empleados/
colaboradores actúen por cuenta de las partes en el marco de la presente relación.
3. D
 atos comunicados entre el Ayuntamiento y Fundación Bancaria “la Caixa”. En el supuesto
de que, durante la vigencia del presente Convenio, alguna de las partes tuviera acceso a
algún dato de carácter personal de los que sea responsable la otra parte contraria, la parte
en cuestión deberá aplicar las medidas organizativas y de seguridad necesarias, garantizando que el tratamiento y/o comunicación de los datos personales cuente con la base de
legitimación adecuada, así como cumpliendo con el deber de información hacia los interesados de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.
4. D
 atos compartidos en las Mesas de Coordinación. En relación con los datos personales
que se puedan intercambiar en las Mesas de Coordinación por parte de las distintas entidades públicas y privadas que las integran (entre ellas, los intervinientes), dichas partes
integrantes tratarán y/o comunicaran los datos personales de los interesados (esto es,
principalmente datos de beneficiarios o potenciales beneficiarios del Programa CaixaProinfancia), en su condición de responsables independientes del tratamiento, contando siempre
con base legal para ello, aplicarán las medidas organizativas y de seguridad oportunas y
darán cumplimiento al deber de información hacia los interesados para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales.
5. R
 esponsabilidad de las partes. Las partes de este Convenio declaran que cumplirán, bajo
su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal en vigor. Asimismo,
se comprometen a aplicar las medidas legales, organizativas y de seguridad necesarias,
manteniendo además indemne a la otra parte de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.
Novena. Naturaleza Jurídica y Jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, se firma al amparo de lo dispuesto en
el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público
y se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2.