Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060698)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuente del Arco en materia de uso público en áreas protegidas en el Monumento Natural Mina La Jayona. Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM001.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025

12136

El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y todo el personal bajo su control se someten a la normativa de protección de datos anteriormente mencionada y de forma específica, a las condiciones
siguientes:
a) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión,
sólo para la finalidad objeto de este Encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos
para fines distintos, propios o no.
b) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO,
inclusive con respecto a las transferencias internacionales de datos; si el ENCARGADO
DEL TRATAMIENTO debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que
le sea aplicable, informará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de esa exigencia legal
de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés
público.
Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO considera que alguna de las instrucciones infringe la normativa vigente en materia de protección de datos, informará de inmediato al
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
c) Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento
efectuadas por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, que contenga, conforme
al artículo 30.2 del RGPD:


i. El nombre y los datos de contacto del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO por cuenta del cual actúe el Encargado.



ii. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta del responsable.



iii. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:



— La seudoanimización y el cifrado de datos personales.



— La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.



— La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de
forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.



— El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las
medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.