Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060697)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de La Albuera en materia de uso público en áreas protegidas en el centro de interpretación de la naturaleza "Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera". Anualidad 2024-2025. N.º expediente: 241206SYM004.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025

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de las inversiones a que se refiere la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto
50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con
ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por
el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la
identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El presente convenio, tras su suscripción y conforme lo previsto en los artículos 17 y 20 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
se deberá publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, se procederá a su anotación en la Base
de Datos de Subvenciones de Extremadura y se publicará en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, este convenio se publicará en el Portal de
Transparencia de la Junta de Extremadura.
Asimismo, en virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, se informa al Ayuntamiento de La Albuera que, por tratarse de ayudas cofinanciadas con FEADER, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en materia de información y publicidad en el anexo III del Reglamento
de Ejecución (UE) nº808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014, y a lo indicado en el
Manual de Identidad Gráfica de los Fondos Europeos 2014-2022 publicado en la página web
de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en un 85%, con cargo a la submedida 7.6.4. “Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural, así como el mantenimiento,
recuperación y rehabilitación del patrimonio natural” del Programa de Desarrollo Rural de
Extremadura 2014-2022. El resto será cofinanciado por el Ministerio (3,72%) y por la Junta
de Extremadura (11,28%).
La lista de beneficiarios de los fondos, conforme al artículo 111 del Reglamento (UE) 1306/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, se publicará anualmente.
Undécima. Incumplimiento.
Procederá la revocación de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas en los
casos y términos previstos en el Título III de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.