Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0022)
Acuerdo de 27 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Feria Seúl Food & Hotel 2025 (Código FI25SEUL).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 45
Jueves 6 de marzo de 2025
12632
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
El/la representante de la persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI
electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El certificado digital o DNI electrónico deben estar
correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica.
Séptimo. Documentación.
1. L
as solicitudes de ayuda (anexo I) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) En caso de persona jurídica, se aportará copia de la escritura de constitución de la Sociedad y sus modificaciones o nota simple actualizada del registro mercantil y el poder
del/la representante legal.
No se requerirá el poder de representación a personas jurídicas en caso de que su
representación quede acreditada mediante la utilización de un certificado de representante de persona jurídica.
El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento, a través del
órgano directivo competente en materia de comercio exterior consultará de oficio los
datos de identidad personal, tanto el NIF del solicitante como del representante legal,
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI).
En caso de elevación a público del poder de el/la representante legal, si se ha formalizado ante notario a partir del 5 de junio de 2014, el interesado lo hará constar en
el apartado correspondiente de la solicitud indicando el Código Seguro de Verificación
(CSV), lo que conllevará la autorización al órgano competente para la ordenación e
instrucción del procedimiento, a través del órgano directivo competente en materia de
comercio exterior para que éste consulte a través de la RED SARA la copia simple del
poder notarial, salvo que se formule oposición expresa.
En caso de persona física, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano encargado de la instrucción y ordenación
del procedimiento, a través del órgano directivo competente en materia de comercio
exterior consultará de oficio los datos de identidad personal de la persona solicitante,
cuando así lo haya autorizado en el apartado 7 del anexo II.
Jueves 6 de marzo de 2025
12632
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
El/la representante de la persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI
electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El certificado digital o DNI electrónico deben estar
correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica.
Séptimo. Documentación.
1. L
as solicitudes de ayuda (anexo I) deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) En caso de persona jurídica, se aportará copia de la escritura de constitución de la Sociedad y sus modificaciones o nota simple actualizada del registro mercantil y el poder
del/la representante legal.
No se requerirá el poder de representación a personas jurídicas en caso de que su
representación quede acreditada mediante la utilización de un certificado de representante de persona jurídica.
El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento, a través del
órgano directivo competente en materia de comercio exterior consultará de oficio los
datos de identidad personal, tanto el NIF del solicitante como del representante legal,
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI).
En caso de elevación a público del poder de el/la representante legal, si se ha formalizado ante notario a partir del 5 de junio de 2014, el interesado lo hará constar en
el apartado correspondiente de la solicitud indicando el Código Seguro de Verificación
(CSV), lo que conllevará la autorización al órgano competente para la ordenación e
instrucción del procedimiento, a través del órgano directivo competente en materia de
comercio exterior para que éste consulte a través de la RED SARA la copia simple del
poder notarial, salvo que se formule oposición expresa.
En caso de persona física, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano encargado de la instrucción y ordenación
del procedimiento, a través del órgano directivo competente en materia de comercio
exterior consultará de oficio los datos de identidad personal de la persona solicitante,
cuando así lo haya autorizado en el apartado 7 del anexo II.