Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0022)
Acuerdo de 27 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas para la participación agrupada en la Feria Seúl Food & Hotel 2025 (Código FI25SEUL).
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NÚMERO 45
12630
Jueves 6 de marzo de 2025
Los gastos subvencionables deberán cumplir en todo caso las normas sobre elegibilidad contenidas en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas
sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Quinto. Cuantía de la ayuda en especie.
1. E
l importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios vendrá
determinado por el cociente entre el importe de 70.000,00€ (setenta mil euros) asignado
en la convocatoria, y el número máximo de participantes, que en esta acción de promoción
internacional es de 6 (SEIS), cuyo resultado es de un máximo de 11.666,66€ (once mil
seiscientos sesenta y seis euros y sesenta y seis céntimos de euro) por beneficiario.
ACCIÓN
NÚMERO MÁXIMO DE
BENEFICIARIOS A
SELECCIONAR
IMPORTE MÁXIMO DE LA
AYUDA POR BENEFICIARIO
FERIA SEÚL FOOD
& HOTEL 2025
6
11.666,66 €
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser este, superior al importe máximo concedido.
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Consejería Delegada de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
12630
Jueves 6 de marzo de 2025
Los gastos subvencionables deberán cumplir en todo caso las normas sobre elegibilidad contenidas en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas
sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Quinto. Cuantía de la ayuda en especie.
1. E
l importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios vendrá
determinado por el cociente entre el importe de 70.000,00€ (setenta mil euros) asignado
en la convocatoria, y el número máximo de participantes, que en esta acción de promoción
internacional es de 6 (SEIS), cuyo resultado es de un máximo de 11.666,66€ (once mil
seiscientos sesenta y seis euros y sesenta y seis céntimos de euro) por beneficiario.
ACCIÓN
NÚMERO MÁXIMO DE
BENEFICIARIOS A
SELECCIONAR
IMPORTE MÁXIMO DE LA
AYUDA POR BENEFICIARIO
FERIA SEÚL FOOD
& HOTEL 2025
6
11.666,66 €
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser este, superior al importe máximo concedido.
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Consejería Delegada de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento