Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060654)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Autoconsumo Colectivo Siderúrgica", a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA24/0686.
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NÚMERO 44
Miércoles 5 de marzo de 2025
11937
• Una zona de servidumbre de 5 m de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.
•
Una zona de policía de 100 m de anchura medidos horizontalmente a partir del
cauce (que incluye también la zona de servidumbre). Conforme al artículo 9.4 del
Reglamento del DPH, la ejecución de cualquier obra o trabajo en la zona de policía
deberá contar con la correspondiente autorización administrativa previa o declaración
responsable ante el organismo de cuenca, que se tramitará conforme al artículo 78
y siguientes del Reglamento del DPH. Tanto la autorización como la declaración responsable, en función del caso, serán independientes de cualquier otra que haya de ser
otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.
Con fecha 04/10/2023 el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana
(CHGn) resolvió autorizar la ejecución de dos vados inundables en zona de DPH de dos
arroyos innominados tributarios del arroyo de Brovales. Ref. PUPA 20/23.
Por otro lado, consta en este organismo de cuenca que el promotor, con fecha 18/05/2023,
solicitó autorización administrativa para la ejecución de vallado perimetral que cruza
dos arroyos tributarios del arroyo de Brovales y ocupación de zona de policía de cauces
por las instalaciones asociadas a la PSFV. Ref. OBMA 061/23. En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la resolución del expediente de autorización.
Respecto al consumo de agua, según la documentación aportada “En el caso de ser necesario, el abastecimiento de agua a la PSF Vse realizará mediante camión cisterna que
suministrará agua potable a un depósito instalado en la misma”.
Dado que la finalidad de la PSFV es dar suministro eléctrico a la industria siderúrgica, se
ha comprobado que consta en este organismo que el promotor es titular de un derecho
de aguas superficiales para esta actividad: CONC 24/94 (Expediente 4249/2004), inscrito en la Sección A del Registro de Aguas, con un volumen máximo anual autorizado
de 2.410.000 m3 para uso industrial a derivar del río Ardila (Embalse de Valuengo), en
el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH,
el titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de
Miércoles 5 de marzo de 2025
11937
• Una zona de servidumbre de 5 m de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.
•
Una zona de policía de 100 m de anchura medidos horizontalmente a partir del
cauce (que incluye también la zona de servidumbre). Conforme al artículo 9.4 del
Reglamento del DPH, la ejecución de cualquier obra o trabajo en la zona de policía
deberá contar con la correspondiente autorización administrativa previa o declaración
responsable ante el organismo de cuenca, que se tramitará conforme al artículo 78
y siguientes del Reglamento del DPH. Tanto la autorización como la declaración responsable, en función del caso, serán independientes de cualquier otra que haya de ser
otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.
Con fecha 04/10/2023 el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana
(CHGn) resolvió autorizar la ejecución de dos vados inundables en zona de DPH de dos
arroyos innominados tributarios del arroyo de Brovales. Ref. PUPA 20/23.
Por otro lado, consta en este organismo de cuenca que el promotor, con fecha 18/05/2023,
solicitó autorización administrativa para la ejecución de vallado perimetral que cruza
dos arroyos tributarios del arroyo de Brovales y ocupación de zona de policía de cauces
por las instalaciones asociadas a la PSFV. Ref. OBMA 061/23. En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la resolución del expediente de autorización.
Respecto al consumo de agua, según la documentación aportada “En el caso de ser necesario, el abastecimiento de agua a la PSF Vse realizará mediante camión cisterna que
suministrará agua potable a un depósito instalado en la misma”.
Dado que la finalidad de la PSFV es dar suministro eléctrico a la industria siderúrgica, se
ha comprobado que consta en este organismo que el promotor es titular de un derecho
de aguas superficiales para esta actividad: CONC 24/94 (Expediente 4249/2004), inscrito en la Sección A del Registro de Aguas, con un volumen máximo anual autorizado
de 2.410.000 m3 para uso industrial a derivar del río Ardila (Embalse de Valuengo), en
el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH,
el titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de