Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060654)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Autoconsumo Colectivo Siderúrgica", a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA24/0686.
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NÚMERO 44
Miércoles 5 de marzo de 2025

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especialmente en zanjas o si se generan taludes o cúmulos de tierra que, en este caso,
no superarán nunca, la altura de las placas. Se gestionará adecuadamente la tierra
vegetal para su uso posterior en las tareas de restauración de las superficies alteradas,
que se llevará a cabo paralelamente durante la fase de construcción.
2. Colocación de un refugio de reptiles por hectárea que consistirá en una acumulación de
piedras de la zona en un agrupamiento de 2m x 2m x 1m y/o la colocación de ramas de
suficiente porte (0,2 m de diámetro y 1,2 m de longitud).
3. C
 olocación de una caja nido para cernícalo primilla por cada 10 ha de superficie de la
planta y de refugios de insectos, orientado a la mejora de la situación de las especies
polinizadoras, en el entorno de la planta.
4. Construcción de 2 charcas de 1500 m2 de superficie y profundidad variable, bordes
irregulares, perfil suave, próximos a cauces estacionales, donde las zonas de pastos
húmedos aguas abajo sean excluidos al pastoreo temporal, para garantizar que el pasto
fresco permanece en verano, como hábitat y como refugio de anfibios, reptiles, etc.,
dejando que algunas evolucionen con aporte de peces autóctonos que sirvan de alimentación a la cigüeña negra.
5. R
 adioseguimiento de dos Águilas perdiceras próximas a la implantación fotovoltaica.
6. I nstalar un refugio para colonias de murciélagos, próximo al Arroyo de Brovales.
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como la vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto estado de
limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto.
Estas medidas se realizarán en un periodo inferior a 9 meses a partir del fin de la actividad.
Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad
en el que se recojan las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en su estado
original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así como de la
gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes de su ejecución
por el órgano ambiental, que llevará a cabo las modificaciones que estime necesarias.