Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2025040027)
Decreto 11/2025, de 24 de febrero, por el que se deroga el Decreto 37/2024, de 23 de abril, y se deja sin efecto la convocatoria de las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025

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de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución
de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para dar cumplimiento a lo establecido en la Adenda al PRTR que modificaba entre otras cuestiones, el plazo
de ejecución del hito CID #238, siendo el nuevo plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre
de 2024, para asegurar el aprovechamiento de todos los fondos Next Generation.
Así pues, con la finalidad de lograr el hito y objetivo marcado en el Real Decreto 988/2021, de
16 de noviembre, para la Comunidad Autónoma de Extremadura se propone un nuevo decreto
para dotar de conectividad a las zonas que no fueron cubiertas en la convocatoria de 2023 y
continuar así proporcionando conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad,
capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en el territorio de Extremadura, al haber
sido ampliado el plazo máximo de ejecución del hito CID #238, hasta el 31 de diciembre de
2024.
En este contexto surge el Decreto 37/2024, de 23 de abril (DOE núm. 90, de 10 de mayo de
2024), por el que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos
industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
En este decreto se establecieron como zonas elegibles las mismas que las reflejadas en el
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, salvo las que fueron incluidas en los proyectos del operador que resultó beneficiado de las ayudas de ese decreto. Estas zonas debían continuar sin
cobertura puesto que fueron declaradas como “Zonas blancas” en la consulta pública llevada a
cabo por la SETID, en el año 2022 y habían sido “marcadas” como zona oscura en la consulta
pública de 2023 al estar incluidas como elegibles en el Decreto 29/2023, de 29 de marzo.
Tras la publicación del Decreto 37/2024, de 23 de abril, la SETID informa a la Junta de Extremadura de las numerosas zonas incluidas en el decreto como elegibles que han perdido
esa condición, como consecuencia del requerimiento de cobertura realizado por el Ministerio
a los operadores de telecomunicaciones a fecha de 30 de junio de 2023, y cuyo resultado no
había sido publicado ni comunicado a la Junta de Extremadura, a fin de que fuesen excluidas
de las siguientes convocatorias acogidas a este plan que pudiese llevar a cabo la Junta de
Extremadura.
En consecuencia, se habían producido cambios en las zonas elegibles que no habían sido
comunicados por la SETID y por ello, deja de ser efectivo en su totalidad el anexo VI que