Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2025040027)
Decreto 11/2025, de 24 de febrero, por el que se deroga el Decreto 37/2024, de 23 de abril, y se deja sin efecto la convocatoria de las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 42
Lunes 3 de marzo de 2025
11274
En el ámbito regional, se publicó el Decreto 29/2023, de 29 de marzo (DOE núm. 82, de 2
de mayo de 2023), por el que se establecían las bases reguladoras de las ayudas para la
concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la
conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración
empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba
la única convocatoria.
En el Decreto 29/2023, de 29 de marzo, se definieron como actuaciones subvencionables únicamente las líneas de actuación uno y tres del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.
La línea de actuación 1 se denominaría línea operadores y proporcionaría conectividad de
redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1
Gbps, y la línea de actuación 2 se denominaría línea empresas y se destinaría a la instalación
de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada fábrica, centro productivo o dependencia empresarial.
En este decreto se establecieron como zonas elegibles aquellas en las que se desarrolla algún
tipo de actividad económica y además, hubiesen sido clasificadas como “zona blanca NGA” de
acuerdo con los resultados de la consulta pública llevada a cabo por la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) en el año 2022. Al tratarse de zonas
de actividad económica y empresarial y estar incluidas como zonas elegibles en este decreto
de ayudas, estas zonas no serían incluidas como elegibles en la convocatoria correspondiente
al año 2022 del programa de ayudas regulado en la Orden ETD/704/2021, de 25 de junio, por
la que se modifica la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha
de nueva generación (actualmente Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales
para la Cohesión).
Mediante Resolución de 16 de agosto de 2023 (DOE núm. 163, de 24 de agosto de 2023),
de la Secretaría General, se declaró desierta la línea de actuación 2, denominada línea de
empresas, de las ayudas acogidas al Decreto 29/2023, de 29 de marzo, al no haber recibido
ninguna solicitud de ayuda para la referida línea.
Por su parte, en la línea operadores del Decreto 29/2023, de 29 de marzo, resultó beneficiario
un único operador, cuya ejecución cubrió la mayor parte de las zonas elegibles de Cáceres
quedando las zonas elegibles de Badajoz sin cubrir, ya que no se presentó ninguna solicitud
para esa provincia.
Mediante Real Decreto 1136/2023, de 19 de diciembre (BOE núm. 9, 10 de enero), se modificó el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa
Lunes 3 de marzo de 2025
11274
En el ámbito regional, se publicó el Decreto 29/2023, de 29 de marzo (DOE núm. 82, de 2
de mayo de 2023), por el que se establecían las bases reguladoras de las ayudas para la
concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la
conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración
empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba
la única convocatoria.
En el Decreto 29/2023, de 29 de marzo, se definieron como actuaciones subvencionables únicamente las líneas de actuación uno y tres del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.
La línea de actuación 1 se denominaría línea operadores y proporcionaría conectividad de
redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1
Gbps, y la línea de actuación 2 se denominaría línea empresas y se destinaría a la instalación
de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada fábrica, centro productivo o dependencia empresarial.
En este decreto se establecieron como zonas elegibles aquellas en las que se desarrolla algún
tipo de actividad económica y además, hubiesen sido clasificadas como “zona blanca NGA” de
acuerdo con los resultados de la consulta pública llevada a cabo por la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) en el año 2022. Al tratarse de zonas
de actividad económica y empresarial y estar incluidas como zonas elegibles en este decreto
de ayudas, estas zonas no serían incluidas como elegibles en la convocatoria correspondiente
al año 2022 del programa de ayudas regulado en la Orden ETD/704/2021, de 25 de junio, por
la que se modifica la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de ayudas con cargo al Programa de extensión de la banda ancha
de nueva generación (actualmente Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales
para la Cohesión).
Mediante Resolución de 16 de agosto de 2023 (DOE núm. 163, de 24 de agosto de 2023),
de la Secretaría General, se declaró desierta la línea de actuación 2, denominada línea de
empresas, de las ayudas acogidas al Decreto 29/2023, de 29 de marzo, al no haber recibido
ninguna solicitud de ayuda para la referida línea.
Por su parte, en la línea operadores del Decreto 29/2023, de 29 de marzo, resultó beneficiario
un único operador, cuya ejecución cubrió la mayor parte de las zonas elegibles de Cáceres
quedando las zonas elegibles de Badajoz sin cubrir, ya que no se presentó ninguna solicitud
para esa provincia.
Mediante Real Decreto 1136/2023, de 19 de diciembre (BOE núm. 9, 10 de enero), se modificó el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa