Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2025060525)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General, de concesión directa sin convocatoria de una subvención a la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura Jóvenes Agricultores y Ganaderos (APAG-Extremadura ASAJA Jóvenes Agricultores y Ganaderos) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demográfica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11044
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para
dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de
la Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
El Servicio Gestor se compromete a llevar un registro de los subcontratistas que en su
caso se deriven de la contratación y asignación de los fondos MRR.
En todo caso, las entidades subcontratistas respetarán el principio DNSH y las obligaciones relativas al etiquetado verde y digital.
G. COMUNICACIÓN (artículo 9 de la orden):
Las actuaciones financiadas por el PRTR deberán cumplir con las exigencias establecidas respecto de la publicidad del Fondo. A este respecto, en todas las actuaciones que
se desarrollen en ejecución del PRTR debe exhibirse de forma correcta y destacada el
emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga “financiado
por la Unión Europea – NextGenerationEU” junto al logo del PRTR.
De este modo, toda la documentación relativa a la resolución deberá contener tanto
en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”. En cumplimiento de la normativa establecida se procede a incluir dichas
referencias en toda la documentación correspondiente a esta actuación.
H. SUJECIÓN A CONTROLES (artículo 132 del Reglamento Financiero).
En este sentido, deberá conservar los originales de las facturas, documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico,
recibida durante el plazo de 5 años en virtud de lo establecido en el artículo 132.1 del
Reglamento Financiero y del artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Estos documentos estarán a disposición de
la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, de la Intervención General de la Junta de Extremadura, de la Comisión Europea,
la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea.
Viernes 28 de febrero de 2025
11044
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para
dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B).
— En su caso, información relativa al titular real de conformidad con el artículo 10 de
la Orden HFP/1031/2021 (NIF, nombre y fecha de nacimiento).
— Los subcontratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
El Servicio Gestor se compromete a llevar un registro de los subcontratistas que en su
caso se deriven de la contratación y asignación de los fondos MRR.
En todo caso, las entidades subcontratistas respetarán el principio DNSH y las obligaciones relativas al etiquetado verde y digital.
G. COMUNICACIÓN (artículo 9 de la orden):
Las actuaciones financiadas por el PRTR deberán cumplir con las exigencias establecidas respecto de la publicidad del Fondo. A este respecto, en todas las actuaciones que
se desarrollen en ejecución del PRTR debe exhibirse de forma correcta y destacada el
emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga “financiado
por la Unión Europea – NextGenerationEU” junto al logo del PRTR.
De este modo, toda la documentación relativa a la resolución deberá contener tanto
en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la referencia al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”. En cumplimiento de la normativa establecida se procede a incluir dichas
referencias en toda la documentación correspondiente a esta actuación.
H. SUJECIÓN A CONTROLES (artículo 132 del Reglamento Financiero).
En este sentido, deberá conservar los originales de las facturas, documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico,
recibida durante el plazo de 5 años en virtud de lo establecido en el artículo 132.1 del
Reglamento Financiero y del artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Estos documentos estarán a disposición de
la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, de la Intervención General de la Junta de Extremadura, de la Comisión Europea,
la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea.