Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060590)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Pinofranqueado por el que se articula una ayuda mediante concesión directa para la financiación de actuaciones de reto demográfico con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, correspondiente a 2023.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

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generan aparte de la miel, y formar sobre cómo es el proceso de cría de las abejas reinas.
En definitiva, poner en valor los beneficios de esta actividad agraria, desde puntos de vista
diversos como pueden ser el económico, social y ambiental, entre otros.
Se subraya el carácter singular del proyecto y su valor como experiencia piloto, de acuerdo
con el cometido específico que preconiza el Acuerdo de Conferencia Sectorial, tanto en
sus objetivos como en sus contenidos, incidiendo en su valor inspirador que además se
plantea con una escala de intervención adecuada a la realidad rural.
Se remarca también el abordaje de Reto Demográfico de manera coordinada y con un esquema de gobernanza multinivel, compartido entre todos los niveles administrativos que
de manera comprometida buscan el ajuste a sus ámbitos de gestión territorial, apuntando
líneas de trabajo dirigidas a buscar soluciones sostenibles e innovadoras.
Además de la motivación ya expuesta, el acuerdo de Conferencia Sectorial de Reto Demográfico celebrada el 27 de abril de 2023, por el que se adopta el marco general de cooperación y los criterios para la distribución de los créditos consignados en los presupuestos
generales del estado para comunidades y ciudades autónomas, destinados al impulso y
apoyo a iniciativas y acciones con cargo al fondo de cohesión y transformación territorial
(FCT), correspondiente a 2023, del que proceden los fondos que financian la subvención, estipula en su apartado noveno: “Plazo de Ejecución de las Iniciativas y Acciones.
“Conforme al artículo 86.2 de la Ley General Presupuestaria, los fondos que financian las
iniciativas con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial deberán estar comprometidos antes de la finalización del ejercicio 2023”.
Teniendo en cuenta que se ha recibido con fecha 17 de noviembre de 2023 en la Tesorería
de la Junta de Extremadura el importe correspondiente a esta Comunidad Autónoma, según la distribución acordada en la citada Conferencia Sectorial, el cumplimiento del referido hito impide que se pueda tramitar un procedimiento de concesión distinto al planteado.
Segunda. Vigencia.
La vigencia del presente convenio se extenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de
2025. En cualquier momento antes de la finalización del plazo, las partes firmantes del convenio podrán acordar expresa y unánimemente su prórroga.
Dicha prórroga se establece según el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su autorización estará condicionada, en todo caso, a la
existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
Tercera. Aportación económica.
1. E
 n el marco general de cooperación y de los criterios para la distribución de los créditos
consignados en los Presupuestos Generales del Estado para comunidades y ciudades au-