Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060530)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Mérida para la prestación de los servicios de centro ocupacional dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
10822
Viernes 28 de febrero de 2025
ANEXO
CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE CENTRO OCUPACIONAL INCLUIDO EN EL MARCO DE ATENCIÓN A LA
DISCAPACIDAD EN EXTREMADURA.
El presente convenio tiene naturaleza jurídica administrativa rigiéndose por lo dispuesto en
el título preliminar, capítulo VI, artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. No obstante, atendiendo al objeto del mismo, en cuanto
a la prestación de los servicios de Centro Ocupacional, debe atenderse a lo previsto en la
disposición adicional primera de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales
para la prestación de servicios a las personas en los ámbito social, sanitario y sociosanitario
en Extremadura, que en cuanto la colaboración entre diferentes administraciones públicas y
sus entes públicos, en particular a través de los convenios de colaboración, estará supeditada,
en todo caso, a la incorporación de los requisitos y requerimientos técnicos que garanticen la
calidad del servicio en condiciones equivalentes a las que fuesen exigidas reglamentariamente
para los servicios objeto de concertación previstos en la antedicha ley.
Se elabora el siguiente anexo de condiciones del convenio para la prestación del Servicio Centro Ocupacional en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, con el siguiente
contenido:
CENTRO OCUPACIONAL
1. D
escripción del servicio objeto de convenio.
El presente anexo tiene por objeto la determinación de las condiciones que han de regir la
prestación del Servicio de Centro Ocupacional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
El Centro Ocupacional es un servicio alternativo y/o previo a la actividad productiva a la
vez que proporciona una actividad útil. Tiene como finalidad principal la normalización e
integración sociolaboral de personas con discapacidad, mediante programas formativos, de
habilitación ocupacional y de ajuste personal y social (servicio de desarrollo y mejora de las
habilidades adaptativas), buscando el desarrollo de la autonomía personal y la adaptación
social de las personas usuarias del mismo.
El centro ocupacional no tiene, en ningún caso, carácter de centros de trabajo, ni comportará ninguna relación laboral con las personas usuarias del mismo.
10822
Viernes 28 de febrero de 2025
ANEXO
CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE CENTRO OCUPACIONAL INCLUIDO EN EL MARCO DE ATENCIÓN A LA
DISCAPACIDAD EN EXTREMADURA.
El presente convenio tiene naturaleza jurídica administrativa rigiéndose por lo dispuesto en
el título preliminar, capítulo VI, artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. No obstante, atendiendo al objeto del mismo, en cuanto
a la prestación de los servicios de Centro Ocupacional, debe atenderse a lo previsto en la
disposición adicional primera de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales
para la prestación de servicios a las personas en los ámbito social, sanitario y sociosanitario
en Extremadura, que en cuanto la colaboración entre diferentes administraciones públicas y
sus entes públicos, en particular a través de los convenios de colaboración, estará supeditada,
en todo caso, a la incorporación de los requisitos y requerimientos técnicos que garanticen la
calidad del servicio en condiciones equivalentes a las que fuesen exigidas reglamentariamente
para los servicios objeto de concertación previstos en la antedicha ley.
Se elabora el siguiente anexo de condiciones del convenio para la prestación del Servicio Centro Ocupacional en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, con el siguiente
contenido:
CENTRO OCUPACIONAL
1. D
escripción del servicio objeto de convenio.
El presente anexo tiene por objeto la determinación de las condiciones que han de regir la
prestación del Servicio de Centro Ocupacional incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
El Centro Ocupacional es un servicio alternativo y/o previo a la actividad productiva a la
vez que proporciona una actividad útil. Tiene como finalidad principal la normalización e
integración sociolaboral de personas con discapacidad, mediante programas formativos, de
habilitación ocupacional y de ajuste personal y social (servicio de desarrollo y mejora de las
habilidades adaptativas), buscando el desarrollo de la autonomía personal y la adaptación
social de las personas usuarias del mismo.
El centro ocupacional no tiene, en ningún caso, carácter de centros de trabajo, ni comportará ninguna relación laboral con las personas usuarias del mismo.