Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060529)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Fuente de Cantos para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de día dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
10798
obligación se extenderá, en su caso, a todo el personal subcontratado por la entidad
prestadora del servicio destinada a su prestación.
El Ayuntamiento estará obligado a mantener durante toda la vigencia del convenio un
seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo de 150.000 euros por centro, para
la cobertura de los siguientes riesgos:
— Los daños que puedan sufrir cualesquiera personas, en sí mismas o sus bienes, y que
se derivan de la prestación del servicio, tanto fuera como dentro del establecimiento
donde se desarrollan.
— Los daños que pueden causar a las personas y a los bienes de terceros, los profesionales y en general cualquier persona que lleve a cabo la prestación del servicio, tanto
fuera como dentro del establecimiento.
B) C
ENTRO OCUPACIONAL.
1. D
escripción del servicio objeto de convenio.
El presente anexo tiene por objeto la determinación de las condiciones que han de regir
la prestación del Servicio de Centro Ocupacional incluido en el Marco de Atención a la
Discapacidad en Extremadura.
El Centro Ocupacional es un servicio alternativo y/o previo a la actividad productiva a la
vez que proporciona una actividad útil. Tiene como finalidad principal la normalización e
integración sociolaboral de personas con discapacidad, mediante programas formativos,
de habilitación ocupacional y de ajuste personal y social (servicio de desarrollo y mejora
de las habilidades adaptativas), buscando el desarrollo de la autonomía personal y la
adaptación social de las personas usuarias del mismo.
El centro ocupacional no tiene, en ningún caso, carácter de centros de trabajo, ni comportará ninguna relación laboral con las personas usuarias del mismo
El Servicio de Centro Ocupacional se divide en las siguientes modalidades:
— Centro ocupacional, módulo de 50 personas.
— Centro ocupacional módulo de 25 personas.
— Centro ocupacional sin transporte módulo 50 personas.
— Centro ocupacional sin transporte módulo 25 personas.
— Centro ocupacional para vivienda tutelada o residencia módulo 50 personas
Viernes 28 de febrero de 2025
10798
obligación se extenderá, en su caso, a todo el personal subcontratado por la entidad
prestadora del servicio destinada a su prestación.
El Ayuntamiento estará obligado a mantener durante toda la vigencia del convenio un
seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo de 150.000 euros por centro, para
la cobertura de los siguientes riesgos:
— Los daños que puedan sufrir cualesquiera personas, en sí mismas o sus bienes, y que
se derivan de la prestación del servicio, tanto fuera como dentro del establecimiento
donde se desarrollan.
— Los daños que pueden causar a las personas y a los bienes de terceros, los profesionales y en general cualquier persona que lleve a cabo la prestación del servicio, tanto
fuera como dentro del establecimiento.
B) C
ENTRO OCUPACIONAL.
1. D
escripción del servicio objeto de convenio.
El presente anexo tiene por objeto la determinación de las condiciones que han de regir
la prestación del Servicio de Centro Ocupacional incluido en el Marco de Atención a la
Discapacidad en Extremadura.
El Centro Ocupacional es un servicio alternativo y/o previo a la actividad productiva a la
vez que proporciona una actividad útil. Tiene como finalidad principal la normalización e
integración sociolaboral de personas con discapacidad, mediante programas formativos,
de habilitación ocupacional y de ajuste personal y social (servicio de desarrollo y mejora
de las habilidades adaptativas), buscando el desarrollo de la autonomía personal y la
adaptación social de las personas usuarias del mismo.
El centro ocupacional no tiene, en ningún caso, carácter de centros de trabajo, ni comportará ninguna relación laboral con las personas usuarias del mismo
El Servicio de Centro Ocupacional se divide en las siguientes modalidades:
— Centro ocupacional, módulo de 50 personas.
— Centro ocupacional módulo de 25 personas.
— Centro ocupacional sin transporte módulo 50 personas.
— Centro ocupacional sin transporte módulo 25 personas.
— Centro ocupacional para vivienda tutelada o residencia módulo 50 personas