Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060529)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Fuente de Cantos para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de día dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
— Procedimiento de acogida.
— Procedimiento de estancia.
— Procedimiento de despedida.
— Procedimiento de información a la familia.
— Plan general de intervención del Centro de Día.
— Parte de incidencias.
— Procedimiento de reclamaciones y sugerencias.
10792
El formato para la realización de estos procedimientos deberá ser autorizado por el
SEPAD.
Del mismo modo, cada Centro Día deberá contar con las siguientes medidas de seguridad:
— Plan de evacuación y emergencia.
— Personal instruido en caso de incendio.
— Realizaciones periódicas de simulacros de incendio.
— Sistema de detección de incendio.
— Presencia de luces de emergencia.
2)Áreas de atención.
Las áreas que deben integrar la atención de las personas con discapacidad en un servicio
de centro de día y las acciones a desarrollar son las siguientes:
a) Asistencia y cuidados:
• La prestación de apoyo y cuidados en las necesidades y en el desenvolvimiento de
la vida cotidiana.
• La atención a la salud física y psíquica, recurriendo a los servicios de salud propios
o comunitarios.
• El desarrollo y aplicación de la medicina preventiva en cuanto a las condiciones de
salubridad de la unidad: alimentación, higiene, régimen de vida, etc.
• La participación en la programación y seguimiento de las diferentes técnicas de
intervención.
Viernes 28 de febrero de 2025
— Procedimiento de acogida.
— Procedimiento de estancia.
— Procedimiento de despedida.
— Procedimiento de información a la familia.
— Plan general de intervención del Centro de Día.
— Parte de incidencias.
— Procedimiento de reclamaciones y sugerencias.
10792
El formato para la realización de estos procedimientos deberá ser autorizado por el
SEPAD.
Del mismo modo, cada Centro Día deberá contar con las siguientes medidas de seguridad:
— Plan de evacuación y emergencia.
— Personal instruido en caso de incendio.
— Realizaciones periódicas de simulacros de incendio.
— Sistema de detección de incendio.
— Presencia de luces de emergencia.
2)Áreas de atención.
Las áreas que deben integrar la atención de las personas con discapacidad en un servicio
de centro de día y las acciones a desarrollar son las siguientes:
a) Asistencia y cuidados:
• La prestación de apoyo y cuidados en las necesidades y en el desenvolvimiento de
la vida cotidiana.
• La atención a la salud física y psíquica, recurriendo a los servicios de salud propios
o comunitarios.
• El desarrollo y aplicación de la medicina preventiva en cuanto a las condiciones de
salubridad de la unidad: alimentación, higiene, régimen de vida, etc.
• La participación en la programación y seguimiento de las diferentes técnicas de
intervención.