Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060529)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Fuente de Cantos para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de día dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
10787
Viernes 28 de febrero de 2025
En cuanto a los servicios objeto del presente convenio se aplicarán los principios previstos en
la Ley 13/2018, de 26 diciembre, en virtud de su disposición adicional primera, para resolver
las dudas o lagunas que pudieran presentarse, así como el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la antedicha ley de conciertos sociales.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, cumplimiento, ejecución, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas
posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Las cuestiones que
no hayan sido solucionadas mediante acuerdo de la Comisión, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en virtud del artículo 10 g) de la Ley 29/1998, de 13
de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Decimoquinta. Protección y tratamiento de datos.
El Ayuntamiento se compromete a mantener la confidencialidad sobre todos los datos personales a los que tenga acceso para el desarrollo de los servicios convenidos. Esta obligación se
extiende a todo el personal adscrito al servicio, con independencia de su vinculación laboral,
estatutaria, o cualquier otra normativamente prevista para tales servicios.
El deber de secreto de los empleados que tengan acceso a los datos constará por escrito y se
extenderá aún después de la terminación de la prestación del servicio o de su desvinculación
con el Ayuntamiento, haciéndose extensiva a las entidades que pudieran haber desarrollado
la ejecución de los servicios objeto del convenio.
No podrá utilizar los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución del Convenio.
En definitiva, se procederá a tratar los datos personales de conformidad con el contenido y
los criterios de seguridad que recoge en la normativa aplicable, establecida tanto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 27 de abril (RGPD) como en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio mediante firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente, la fecha
del último firmante.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
D.ª SARA GARCIA ESPADA
La Alcaldesa/Presidenta del Ayto. de Fuente
de Cantos,
D.ª CARMEN PAGADOR LÓPEZ
10787
Viernes 28 de febrero de 2025
En cuanto a los servicios objeto del presente convenio se aplicarán los principios previstos en
la Ley 13/2018, de 26 diciembre, en virtud de su disposición adicional primera, para resolver
las dudas o lagunas que pudieran presentarse, así como el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la antedicha ley de conciertos sociales.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, cumplimiento, ejecución, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas
posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Las cuestiones que
no hayan sido solucionadas mediante acuerdo de la Comisión, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en virtud del artículo 10 g) de la Ley 29/1998, de 13
de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Decimoquinta. Protección y tratamiento de datos.
El Ayuntamiento se compromete a mantener la confidencialidad sobre todos los datos personales a los que tenga acceso para el desarrollo de los servicios convenidos. Esta obligación se
extiende a todo el personal adscrito al servicio, con independencia de su vinculación laboral,
estatutaria, o cualquier otra normativamente prevista para tales servicios.
El deber de secreto de los empleados que tengan acceso a los datos constará por escrito y se
extenderá aún después de la terminación de la prestación del servicio o de su desvinculación
con el Ayuntamiento, haciéndose extensiva a las entidades que pudieran haber desarrollado
la ejecución de los servicios objeto del convenio.
No podrá utilizar los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución del Convenio.
En definitiva, se procederá a tratar los datos personales de conformidad con el contenido y
los criterios de seguridad que recoge en la normativa aplicable, establecida tanto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 27 de abril (RGPD) como en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio mediante firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente, la fecha
del último firmante.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
D.ª SARA GARCIA ESPADA
La Alcaldesa/Presidenta del Ayto. de Fuente
de Cantos,
D.ª CARMEN PAGADOR LÓPEZ