Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Comité Extremeño Contra El Racismo, La Xenofobia Y La Intolerancia. (2025060521)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se inicia el procedimiento de elección de las vocalías de entidades del Comité Extremeño contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 40

10651

Jueves 27 de febrero de 2025

RESUELVO:
Primero. Iniciar de oficio el procedimiento de selección de entidades vocales del Comité
Extremeño contra el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia, en virtud de la finalización del
mandato de las vocalías nombradas mediante Resolución de fecha 10 de febrero de 2023, de
la entonces Consejera de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo.
Segundo. Conceder un plazo de 15 días hábiles para la presentación de las candidaturas a
las vocalías de entidades del Comité.
Tercero. Publíquese en el Diario Oficial de Extremadura y en la página web del Instituto de
la Juventud de Extremadura (http://juventudextremadura.juntaex.es/web/ ), de conformidad
con lo previsto en el último párrafo del artículo 5.4 del Decreto 99/2022, de 20 de julio, por el
que se regula el Comité Extremeño contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes,
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, tal y como disponen
los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el
día siguiente al de la publicación de la presente resolución, recurso contencioso administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio
de la interposición del recurso extraordinario de revisión en los supuestos y en los plazos que
señala el artículo 125 de la citada Ley del Procedimiento Administrativo, y de la posibilidad de
ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Mérida, 18 de febrero de 2025.
La Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes,
VICTORIA BAZAGA GAZAPO