Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Comité Extremeño Contra El Racismo, La Xenofobia Y La Intolerancia. (2025060521)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se inicia el procedimiento de elección de las vocalías de entidades del Comité Extremeño contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.
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NÚMERO 40
Jueves 27 de febrero de 2025

10649

“a. Encontrarse legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente
de acuerdo con su naturaleza y personalidad jurídica en el caso que fuera exigible dicho
requisito.
b. 
Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura”.
Cuarto. El artículo 5.2 del citado Decreto 99/2022, de 20 de julio, establece que podrán formar parte del Comité, preferentemente, entidades que contemplen entre sus fines, de acuerdo con sus Estatutos, la defensa de alguno de los siguientes valores:
“a. Derechos Humanos.
b. Diversidad afectivo-sexual.
c. Igualdad entre mujeres y hombres.
d. Luchas contra la violencia de género.
e. Personas con discapacidad.
f. Minorías étnicas.
g. Personas migrantes y refugiadas”.
Quinto. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3. del Decreto 99/2022, de 20 de julio,
se procederá la apertura de elección de entidades vocales en el supuesto de renovación por
la finalización del mandato, supuesto éste en el que nos encontramos tras la expiración del
término de dos años del mandato de las diez entidades nombradas mediante la Resolución de
fecha 10 de febrero de 2023, mencionada en los antecedentes de hecho.
Sexto. De conformidad con lo previsto por el artículo 5.4 del reiterado Decreto 99/2022,
de 20 de julio, el procedimiento de elección de entidades vocales del Comité se iniciará de
oficio mediante resolución de la persona titular de la Consejería competente en materia de
juventud, en la que se concederá un plazo, no inferior a 15 días, para la presentación de
candidaturas a las vocalías del Comité que sean objeto de nombramiento, por tratarse de la
renovación del Comité por finalización del mandato. La resolución de inicio del procedimiento
será difundida de forma adecuada, publicándose en el Diario Oficial de Extremadura y en la
página web del Instituto de la Juventud de Extremadura.
Séptimo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 5.5 del Decreto 99/2022, de 20 de julio,
precitado las candidaturas podrán presentarse por la entidad que se postula a la vocalía, así