Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060509)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera para la provincia de Cáceres 2024-2027.
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NÚMERO 40
Jueves 27 de febrero de 2025

10641

Sexto. Permisos y beneficios sociales.
Los permisos, beneficios sociales y derechos contenidos en el presente convenio, y cualquier
otro que sea de aplicación en la empresa, serán aplicables a toda la plantilla, sin discriminación por razón de orientación e identidad sexual y expresión de género.
Todas las personas trabajadoras disfrutarán en condiciones de igualdad de los permisos establecidos en el presente convenio, y se tendrá en consideración la especial necesidad de las
personas trans para la asistencia a consultas médicas o trámites legales relacionadas con su
cambio de género.
Séptimo. Régimen disciplinario.
Se considerará falta muy grave cualquier comportamiento que atente contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de las personas trabajadoras.
Disposición final.
Los atrasos devengados por la aplicación retroactiva del presente convenio serán abonados
por la empresa junto con la nómina que se devengue inmediatamente después de la fecha de
publicación del presente convenio en el Diario Oficial de Extremadura.