Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025040023)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se declara terminado el plazo de vigencia de la convocatoria del Programa II de subvenciones del "Bono formación del sector del transporte", aprobada en la disposición adicional primera del Decreto 113/2024, de 10 de septiembre.
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NÚMERO 39

10428

Miércoles 26 de febrero de 2025

En virtud de todo lo anterior, y teniendo en cuenta que el importe de las ayudas solicitadas
para el programa 1I, relativo a los permisos de conducción C, C+E y D, y que se encuentran
en estado de tramitación en la unidad administrativa correspondiente, agota los créditos
presupuestarios establecidos para dicho programa en el apartado quinto, punto 1, de la disposición adicional primera del Decreto 113/2024, se procede a anunciar la terminación del
plazo de vigencia de la primera convocatoria a efectos de presentación de solicitudes de las
subvenciones del programa 1I del “Bono Formación del Sector Transporte” conducente a la
obtención de los permisos C, C+E y D, y a modificar el extracto de la convocatoria en su apartado sexto, punto 1, que se refiere a la vigencia de la convocatoria y al plazo de presentación
de solicitudes, que quedaría de la siguiente forma:
El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de las solicitudes del programa I del “Bono formación en el sector del transporte”, relativo al permiso B,
será de un año a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del Decreto y el extracto
de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es ).
El plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de las solicitudes del
programa II del “Bono formación en el sector del transporte”, relativo a los permisos C, C+E
y D, finaliza el mismo día de la publicación de esta modificación del extracto y anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es ). Se inadmitirán las solicitudes presentadas con posterioridad a dicho plazo.
Mérida, 13 de febrero de 2025.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución 14 de septiembre de 2023,
DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO

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