Presidencia De La Junta. Igualdad De Género. (2025030001)
Decreto de la Presidenta 1/2025, de 19 de febrero, por el que se establecen las bases y se convoca el procedimiento de elecciones de las vocalías que integran el Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 39
10436
Miércoles 26 de febrero de 2025
Disposición final única. Eficacia y recursos.
El presente Decreto de la Presidenta surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto, que pondrá fin a la vía administrativa, en virtud de lo establecido en
el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y tal y como se establece en el artículo 2.2 del
Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Presidencia de la Junta de Extremadura, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, por desconcentración de competencia, ante el Secretario General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación.
Igualmente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente a dicha publicación, conforme a lo establecido en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse en vía
jurisdiccional hasta que no sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación
presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier recurso que estime procedente.
Mérida, 19 de febrero de 2025.
La Presidenta de la Junta de
Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
10436
Miércoles 26 de febrero de 2025
Disposición final única. Eficacia y recursos.
El presente Decreto de la Presidenta surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto, que pondrá fin a la vía administrativa, en virtud de lo establecido en
el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y tal y como se establece en el artículo 2.2 del
Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Presidencia de la Junta de Extremadura, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, por desconcentración de competencia, ante el Secretario General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación.
Igualmente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente a dicha publicación, conforme a lo establecido en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse en vía
jurisdiccional hasta que no sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación
presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier recurso que estime procedente.
Mérida, 19 de febrero de 2025.
La Presidenta de la Junta de
Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN