Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0016)
Acuerdo de 13 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Filipinas 2025 (Código MCD25FIL).
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NÚMERO 35
Jueves 20 de febrero de 2025

9799



NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos que acrediten que
el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, APORTANDO certificado expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social que acredita que está al corriente de sus obligaciones frente a dicho organismo.



AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos que acrediten que el
solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda recabe de oficio los datos que acrediten
que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por lo que
APORTO certificado que acredita que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.

☐ AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos relativos a las altas en el
Impuesto sobre Actividades Económicas.
☐ NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos relativos a las altas
en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Por lo que APORTO certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredita
los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.


AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio de la Agencia Tributaria los datos
del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa.

☐ NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda recabe de oficio de la Agencia Tributaria
los datos del domicilio fiscal así como la verificación de los datos de identificación de la empresa. Por lo que APORTO
certificado emitido por la Agencia Tributaria que lo acredita.
9. INFORMACIÓN SOBRE TITULARIDADES REALES



AUTORIZO que el órgano gestor, o cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique, pague o audite
Fondos Europeos, pueda recabar de oficio en el Registro Central de Titularidades Reales los datos relativos a los titulares
reales de los perceptores de la financiación de la Unión Europea
NO AUTORIZO que el órgano gestor, o a cualquier autoridad y organismo nacional que gestione, verifique, pague o
audite Fondos Europeos, pueda recabar de oficio pueda recabar de en el Registro Central de Titularidades Reales los
datos relativos a los titulares reales de los perceptores de la financiación de la Unión Europea. Por lo que APORTO
certificado de Titularidad Real expedido por Notario.

10. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) PARA LOS BENEFICIARIOS.
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba referenciado, la persona abajo firmante,
como solicitante de la ayuda, DECLARA:
Primero. Estar informada de lo siguiente:
1.Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, EURATOM) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio
imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional,
de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2.Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la
transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3.Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones
en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas: