Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0016)
Acuerdo de 13 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Filipinas 2025 (Código MCD25FIL).
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NÚMERO 35
Jueves 20 de febrero de 2025

9798

5. CONDICIONES GENERALES
El que suscribe conoce y acepta las condiciones generales de las ayudas reguladas en el Decreto de bases reguladoras y
DECLARA, bajo su responsabilidad, que:
-

Tiene la consideración de PYME.

-

Todos los datos expuestos en esta solicitud son correctos y veraces.

-

No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, y reunir los requisitos
establecidos en la normativa vigente para obtener la ayuda solicitada.

6. COMPROBACIONES DE EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán
recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en
cada caso el documento solicitado.



ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe información y/o documentos que
obren en su poder, por haber sido aportados junto a otras solicitudes de ayudas, ya sean estas anteriores o simultaneas
a la presente.
ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe, de manera directa o a través de la
Junta de Extremadura, información relacionada a la participación en programas de capacitación y cualificación para la
internacionalización empresarial, auspiciados por la Junta de Extremadura en el año anterior a la convocatoria.

7. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
Esta Administración a través de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio tiene atribuida la potestad de
verificación de los datos personales incorporados en esta solicitud en virtud de la Disposición Adicional Octava de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos.
8. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN RELATIVAS A ESTAR AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Y NO TENER DEUDAS CON LA HACIENDA AUTONÓMICA
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas podrán recabar o consultar de oficio los datos que a
continuación se relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar si autoriza o no autoriza
marcando la casilla correspondiente.
En tal caso, el interesado deberá presentar las certificaciones acreditativas correspondientes.


AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos que acrediten que el
solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.



NO AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos que acrediten que
el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, APORTANDO por ello
certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.



AUTORIZO que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio recabe de oficio los datos que acrediten que el
solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.