Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0016)
Acuerdo de 13 de febrero de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Filipinas 2025 (Código MCD25FIL).
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NÚMERO 35
Jueves 20 de febrero de 2025
9791
5. E
n ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas,
conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
contra la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión, se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano directivo con competencias en comercio exterior, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al que se dicte el acto, sin perjuicio de que las
personas interesadas pueda ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
6. E
n el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/ o el que por adscripción corresponda, se publicará la
relación de beneficiarios. Asimismo, en la web www.extremaduraavante.es se publicarán
los beneficiarios de la ayuda y la lista de reserva, con el desglose de la puntuación obtenida, priorizada por orden de puntuación de la solicitud por cada convocatoria a la que hayan
concurrido, si procede,
7. L
as personas beneficiarias podrán renunciar a la ayuda en un plazo de 5 días hábiles desde
la notificación de la resolución de concesión.
8. L
as renuncias de la persona beneficiaria que se produzcan tras la publicación de la relación
de beneficiarios, podrán dar lugar a la incorporación de un nuevo beneficiario de la lista de
reserva. La resolución por la que se adjudique la plaza a la nueva persona beneficiaria será
notificada en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución que
declare la renuncia.
Para ello, se seguirá el orden establecido en la relación de reservas, según la acción de promoción a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con
lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No obstante, lo anterior, no se adjudicarán plazas a los solicitantes de la reserva si por las
exigencias y plazos impuestos para la ejecución de la acción y la prestación que comprende
la ayuda en especie, no pudiera ser ejecutada de forma íntegra por el solicitante que se
encuentra en situación de reserva.
Decimotercero. Modificación de la resolución.
1. U
na vez haya sido dictada la resolución de concesión, podrá dar lugar a su modificación la
determinación del importe definitivo de la ayuda en especie, de conformidad con lo previsto
en el apartado 2, del artículo 6 del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre.
Asimismo, podrá dar lugar a la modificación los cambios de denominación de la empresa
solicitante, conlleve o no cambio de titularidad, así como aquellas circunstancias ocasionadas por causa de fuerza mayor o excepciones no imputables a los beneficiarios, debiendo
ser en este caso debidamente justificadas.
Jueves 20 de febrero de 2025
9791
5. E
n ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas,
conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
contra la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión, se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano directivo con competencias en comercio exterior, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al que se dicte el acto, sin perjuicio de que las
personas interesadas pueda ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
6. E
n el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/ o el que por adscripción corresponda, se publicará la
relación de beneficiarios. Asimismo, en la web www.extremaduraavante.es se publicarán
los beneficiarios de la ayuda y la lista de reserva, con el desglose de la puntuación obtenida, priorizada por orden de puntuación de la solicitud por cada convocatoria a la que hayan
concurrido, si procede,
7. L
as personas beneficiarias podrán renunciar a la ayuda en un plazo de 5 días hábiles desde
la notificación de la resolución de concesión.
8. L
as renuncias de la persona beneficiaria que se produzcan tras la publicación de la relación
de beneficiarios, podrán dar lugar a la incorporación de un nuevo beneficiario de la lista de
reserva. La resolución por la que se adjudique la plaza a la nueva persona beneficiaria será
notificada en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución que
declare la renuncia.
Para ello, se seguirá el orden establecido en la relación de reservas, según la acción de promoción a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con
lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No obstante, lo anterior, no se adjudicarán plazas a los solicitantes de la reserva si por las
exigencias y plazos impuestos para la ejecución de la acción y la prestación que comprende
la ayuda en especie, no pudiera ser ejecutada de forma íntegra por el solicitante que se
encuentra en situación de reserva.
Decimotercero. Modificación de la resolución.
1. U
na vez haya sido dictada la resolución de concesión, podrá dar lugar a su modificación la
determinación del importe definitivo de la ayuda en especie, de conformidad con lo previsto
en el apartado 2, del artículo 6 del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre.
Asimismo, podrá dar lugar a la modificación los cambios de denominación de la empresa
solicitante, conlleve o no cambio de titularidad, así como aquellas circunstancias ocasionadas por causa de fuerza mayor o excepciones no imputables a los beneficiarios, debiendo
ser en este caso debidamente justificadas.