Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060449)
Resolución de 8 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de cebo intensivo de transición, en el término municipal de Azuaga, cuya promotora es Iberchazo, SL. Expte.: IA21/1172.
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NÚMERO 34
Miércoles 19 de febrero de 2025
9047
–D
isminución de la actividad económica de Azuaga y su área de influencia (afectaría
comerciales de productos zoosanitarios, talleres de reparación, etc.)
– Disminución de puestos de trabajo en la zona (los operarios actuales serían despedidos y pasarían a las listas de paro).
Viendo la cantidad de factores negativos que tendrían repercusión por el cierre de las
instalaciones, se considera que la alternativa cero no es la más conveniente. El que
continúe la actividad es positivo para Azuaga y para toda la comarca. Desde el punto
de vista medioambiental posiblemente lo mejor es que se cerrase, pero el impacto se
minimizará con todas las medidas preventivas y correctoras que se van a aplicar. Por
tanto, se desestima la alternativa cero.
• La alternativa 1: Para llevar a cabo la ampliación de censo del registro porcino de este
proyecto objeto no cabe otro emplazamiento posible que no sea la propia parcela,
bien por la propia naturaleza de la explotación que requiere su ubicación fuera de las
zonas urbanas y bien porque en esta parcela, ya se cuenta con construcciones para tal
fin; respetando en todo caso la normativa urbanística, medioambiental y de distancias
a cursos y puntos de agua, así como favorecer la operatividad en el trabajo diario por
su distancia a los accesos de la finca.
Si hubiera que cambiar la ubicación sería necesario la construcción de todas las naves, así como de las instalaciones. Lo que conllevaría un gran impacto para el medio
ambiente, tanto en esa zona por el abandono de las construcciones existentes, como
en el nuevo emplazamiento con la construcción de las instalaciones que provocarían
ruido, polvo, afección a la fauna y los animales…
Por tanto, no cabe contemplar otra alternativa para realizar la ampliación en otra
parcela.
• La alternativa 2: Esta alternativa consistiría en ubicar la explotación completa en una
finca distinta, a pesar de ser ambientalmente viable, es menos apta ya que supondría
gastos en la adquisición de una nueva propiedad, sin garantías de que en la finca
adquirida la instalación de la explotación fuera más viable desde el punto de vista
medioambiental.
Si se ubica en otro lugar, habría que preparar el terreno, cerramientos y estructuras
nuevas, lo que conllevaría un aumento de la afección al medio ambiente debido al
tránsito de maquinaria, aumento de las horas de trabajo del personal… lo que conllevaría un aumento de emisiones, ruidos…
Miércoles 19 de febrero de 2025
9047
–D
isminución de la actividad económica de Azuaga y su área de influencia (afectaría
comerciales de productos zoosanitarios, talleres de reparación, etc.)
– Disminución de puestos de trabajo en la zona (los operarios actuales serían despedidos y pasarían a las listas de paro).
Viendo la cantidad de factores negativos que tendrían repercusión por el cierre de las
instalaciones, se considera que la alternativa cero no es la más conveniente. El que
continúe la actividad es positivo para Azuaga y para toda la comarca. Desde el punto
de vista medioambiental posiblemente lo mejor es que se cerrase, pero el impacto se
minimizará con todas las medidas preventivas y correctoras que se van a aplicar. Por
tanto, se desestima la alternativa cero.
• La alternativa 1: Para llevar a cabo la ampliación de censo del registro porcino de este
proyecto objeto no cabe otro emplazamiento posible que no sea la propia parcela,
bien por la propia naturaleza de la explotación que requiere su ubicación fuera de las
zonas urbanas y bien porque en esta parcela, ya se cuenta con construcciones para tal
fin; respetando en todo caso la normativa urbanística, medioambiental y de distancias
a cursos y puntos de agua, así como favorecer la operatividad en el trabajo diario por
su distancia a los accesos de la finca.
Si hubiera que cambiar la ubicación sería necesario la construcción de todas las naves, así como de las instalaciones. Lo que conllevaría un gran impacto para el medio
ambiente, tanto en esa zona por el abandono de las construcciones existentes, como
en el nuevo emplazamiento con la construcción de las instalaciones que provocarían
ruido, polvo, afección a la fauna y los animales…
Por tanto, no cabe contemplar otra alternativa para realizar la ampliación en otra
parcela.
• La alternativa 2: Esta alternativa consistiría en ubicar la explotación completa en una
finca distinta, a pesar de ser ambientalmente viable, es menos apta ya que supondría
gastos en la adquisición de una nueva propiedad, sin garantías de que en la finca
adquirida la instalación de la explotación fuera más viable desde el punto de vista
medioambiental.
Si se ubica en otro lugar, habría que preparar el terreno, cerramientos y estructuras
nuevas, lo que conllevaría un aumento de la afección al medio ambiente debido al
tránsito de maquinaria, aumento de las horas de trabajo del personal… lo que conllevaría un aumento de emisiones, ruidos…