Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Relevo Generacional. Subvenciones. (2025060390)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para el desarrollo del programa "Relevo empresarial en espacios con especiales dificultades demográficas en la provincia de Badajoz", en las anualidades 2025 y 2026, con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT).
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NÚMERO 33
8703
Martes 18 de febrero de 2025
sejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (artículo 121.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
artículo 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura), la cual será competente para su resolución (artículo
101. 3 y 4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Notifíquese al interesado el presente acto, dándose con ello debido cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 40 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 23 de diciembre de 2024.
La Directora General de Desarrollo Rural,
MARÍA ÁNGELES MURIEL GONZÁLEZ
8703
Martes 18 de febrero de 2025
sejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (artículo 121.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
artículo 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura), la cual será competente para su resolución (artículo
101. 3 y 4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Notifíquese al interesado el presente acto, dándose con ello debido cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 40 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 23 de diciembre de 2024.
La Directora General de Desarrollo Rural,
MARÍA ÁNGELES MURIEL GONZÁLEZ