Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Relevo Generacional. Subvenciones. (2025060390)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para el desarrollo del programa "Relevo empresarial en espacios con especiales dificultades demográficas en la provincia de Badajoz", en las anualidades 2025 y 2026, con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT).
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NÚMERO 33
Martes 18 de febrero de 2025

8701

a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la presente
resolución.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social, recabando
dicho dato de oficio la Dirección General de Desarrollo Rural siempre que conste en el
procedimiento el consentimiento expreso del interesado.
c) Comunicar a la Dirección General de Desarrollo Rural la percepción, en su caso, de otras
subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones o entes
públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Desarrollo Rural.
e) S
 ujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de
control financiero competente de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y,
en su caso, de los correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la
legalidad vigente reguladora de esta materia.
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
g) Dar adecuada publicidad al carácter público de la actuación subvencionada, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la
Junta de Extremadura a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de
conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
h) L
 a Cámara queda obligada a cumplir lo establecido en el artículo 36, gastos subvencionables y los artículos 50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.