Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Relevo Generacional. Subvenciones. (2025060390)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para el desarrollo del programa "Relevo empresarial en espacios con especiales dificultades demográficas en la provincia de Badajoz", en las anualidades 2025 y 2026, con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT).
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NÚMERO 33

8696

Martes 18 de febrero de 2025

La Cámara se encargará de dotar los medios materiales necesarios para realizar las
actuaciones previstas en esta resolución y lograr su objetivo. Podrá dotarse de esos
medios con sus propios recursos, mediante su adquisición o alquiler, o utilizando los de
otras entidades o instituciones con los que llegue a acuerdos de colaboración. Por otra
parte, al ser un proyecto a nivel regional, la Junta de Extremadura colaborará en la medida de las posibilidades de las distintas Consejerías y órganos que la componen para el
desarrollo de éste.
La Cámara no asumirá los gastos de alquiler de las instalaciones si las actividades que
sean presenciales se desarrollan en dependencias de centros de titularidad pública.
Las contraprestaciones de personal y medios materiales que pudieran hacerse para
el desarrollo de las actividades serán de la exclusiva responsabilidad de Cámara y no
supondrán obligación alguna para la Junta de Extremadura durante la vigencia de la
subvención.
Todas las actuaciones objeto de la presente resolución deberán realizarse y estar finalizadas dentro del periodo de ejecución, esto es del 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos. Las justificaciones se realizarán en la forma prevista
en el artículo 35 de la Ley 6/2011, conforme a las instrucciones que a tal fin dicte la
Dirección General de Desarrollo Rural.
Octavo. Cuantía económica.
La cuantía económica del programa a desarrollar asciende a 152.673,76 € que se financian
con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial, según la distribución establecida
por el ACS.
En ningún caso el IVA tendrá la consideración de gasto elegible, por lo que el IVA derivado
de la ejecución de este programa no es subvencionable y deberá ser asumido por la Cámara.
El desglose del presupuesto por anualidad y aplicación presupuestaria se configura de la siguiente forma:
CÁMARA DE BADAJOZ

2025

TOTAL

120030000/G/314A/78000

152.673,76 €

152.673,76 €

TOTAL

152.673,76 €

152.673,76 €

La presente resolución se articula mediante tramitación anticipada del gasto, por lo que la
aportación de la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2025 y 2026.