Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025
8328
2. L
a Dirección del CICYTEX ejercerá la dirección y gestión ordinaria del ente, conforme a lo
dispuesto en el artículo 74 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre.
Dependerán orgánicamente de la misma las Jefaturas de Servicio del CICYTEX y el resto
de órganos de rango asimilado. Igualmente, dependerán de la Dirección del CICYTEX los
institutos de investigación que se integran en el mismo.
3. L
as funciones de la Dirección del CICYTEX son las siguientes:
a) L
a dirección y gestión ordinaria del CICYTEX de la que responderá ante el Consejo Rector.
b) El ejercicio de las facultades correspondientes al órgano de contratación, tanto para
contratos patrimoniales y demás contratos privados, de acuerdo con la normativa patrimonial autonómica, como contratos administrativos, cuyas cuantías no superen los
600.000 euros. Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de obtener autorización de Consejo de Gobierno para aquellas contrataciones cuya cuantía sea superior al límite fijado
en la respectiva Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de los contratos de naturaleza administrativa y privada la cifra de 600.000
euros deberá entenderse referida al valor estimado del contrato.
c) La suscripción de convenios y acuerdos, con respeto al régimen jurídico contenido en
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, por un importe no superior a 600.000 euros, sin perjuicio de
las autorizaciones del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura que se establezcan en las correspondientes leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
d) Establecer los criterios de coordinación y de distribución de los recursos asignados al
CICYTEX para el desarrollo de las funciones y la consecución de objetivos fijados en el
Contrato de Gestión.
e) P
roponer al Consejo Rector la aprobación de las propuestas de modificación de las relaciones de puestos de trabajo del CICYTEX, en el marco fijado en el Contrato de Gestión.
f) La gestión de los procedimientos de selección y de provisión del personal del CICYTEX,
de acuerdo con lo dispuesto en el presente decreto y con la normativa aplicable en cada
supuesto.
g) Administrar, gestionar y recaudar los derechos económicos del CICYTEX.
Lunes 17 de febrero de 2025
8328
2. L
a Dirección del CICYTEX ejercerá la dirección y gestión ordinaria del ente, conforme a lo
dispuesto en el artículo 74 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre.
Dependerán orgánicamente de la misma las Jefaturas de Servicio del CICYTEX y el resto
de órganos de rango asimilado. Igualmente, dependerán de la Dirección del CICYTEX los
institutos de investigación que se integran en el mismo.
3. L
as funciones de la Dirección del CICYTEX son las siguientes:
a) L
a dirección y gestión ordinaria del CICYTEX de la que responderá ante el Consejo Rector.
b) El ejercicio de las facultades correspondientes al órgano de contratación, tanto para
contratos patrimoniales y demás contratos privados, de acuerdo con la normativa patrimonial autonómica, como contratos administrativos, cuyas cuantías no superen los
600.000 euros. Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de obtener autorización de Consejo de Gobierno para aquellas contrataciones cuya cuantía sea superior al límite fijado
en la respectiva Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de los contratos de naturaleza administrativa y privada la cifra de 600.000
euros deberá entenderse referida al valor estimado del contrato.
c) La suscripción de convenios y acuerdos, con respeto al régimen jurídico contenido en
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, por un importe no superior a 600.000 euros, sin perjuicio de
las autorizaciones del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura que se establezcan en las correspondientes leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
d) Establecer los criterios de coordinación y de distribución de los recursos asignados al
CICYTEX para el desarrollo de las funciones y la consecución de objetivos fijados en el
Contrato de Gestión.
e) P
roponer al Consejo Rector la aprobación de las propuestas de modificación de las relaciones de puestos de trabajo del CICYTEX, en el marco fijado en el Contrato de Gestión.
f) La gestión de los procedimientos de selección y de provisión del personal del CICYTEX,
de acuerdo con lo dispuesto en el presente decreto y con la normativa aplicable en cada
supuesto.
g) Administrar, gestionar y recaudar los derechos económicos del CICYTEX.