Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025

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CAPÍTULO II
Organización
SECCIÓN 1ª. ORGANIZACIÓN, RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO E INCOMPATIBILIDADES
Artículo 7. Órganos de gobierno, ejecutivos, de control y complementarios.
1. L
 os órganos de gobierno del CICYTEX son la Presidencia y el Consejo Rector.
2. E
 l órgano ejecutivo del CICYTEX es la Dirección del CICYTEX.
3. E
 l órgano de control es la Comisión de Control.
4. L
 os órganos complementarios del CICYTEX son la Unidad de Coordinación Científica, la
Comisión Científica, el Consejo de Dirección, el Comité de Ética de experimentación animal
y el Consejo de Participación Sectorial.
Artículo 8. Régimen del Consejo Rector, de la Comisión de Control, de la Comisión
Científica, del Consejo de Dirección y del Consejo de Participación Sectorial.
1. E
 l Consejo Rector, la Comisión de Control, la Comisión Científica, el Consejo de Dirección y
el Consejo de Participación Sectorial se regirán por lo dispuesto en los presentes Estatutos,
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como por las normas de funcionamiento que, en su caso, se aprueben
de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del título preliminar de dicha ley.
2. L
 a composición de los órganos mencionados en el apartado anterior, deberá cumplir con lo
previsto en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y
Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, con el objeto de garantizar en
los mismos la representación equilibrada de hombres y mujeres.
Artículo 9. Actos y resoluciones de la Presidencia, del Consejo Rector y de la Dirección del CICYTEX.
1. E
 l CICYTEX dictará las normas internas necesarias para el cumplimiento de sus fines y para
su funcionamiento que podrán adoptar la forma de:
a) Resoluciones de la Presidencia.
b) Acuerdos del Consejo Rector, que deberán ser suscritos por la persona que ostente las
funciones de presidencia.
c) Resoluciones, instrucciones y circulares de la Dirección del CICYTEX.