Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2025ED0006)
Edicto de 31 de enero de 2025 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera para la prestación del servicio de gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
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NÚMERO 31
8302
Viernes 14 de febrero de 2025
Una vez que dicha ordenanza entre en vigor, dicha estipulación se entenderá derogada de
forma expresa.
Undécima. Normas subsidiarias.
En lo no previsto en este convenio, será aplicable, en primer término, la legislación del Régimen Local vigente en la materia, y con carácter subsidiario, la Ley General Tributaria y en
cuanto al procedimiento, el Reglamento General de Recaudación, la Instrucción de Contabilidad y el Reglamento del Organismo Autónomo.
Así lo convienen los comparecientes en la representación que respectivamente ostenta, en el
lugar y fecha al principio consignados, extendiéndose para su constancia el presente documento por duplicado, el que, después de leído, firman de conformidad.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Cáceres, 31 de enero de 2025. El Secretario, MIGUEL RODRÍGUEZ RAMOS.
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8302
Viernes 14 de febrero de 2025
Una vez que dicha ordenanza entre en vigor, dicha estipulación se entenderá derogada de
forma expresa.
Undécima. Normas subsidiarias.
En lo no previsto en este convenio, será aplicable, en primer término, la legislación del Régimen Local vigente en la materia, y con carácter subsidiario, la Ley General Tributaria y en
cuanto al procedimiento, el Reglamento General de Recaudación, la Instrucción de Contabilidad y el Reglamento del Organismo Autónomo.
Así lo convienen los comparecientes en la representación que respectivamente ostenta, en el
lugar y fecha al principio consignados, extendiéndose para su constancia el presente documento por duplicado, el que, después de leído, firman de conformidad.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Cáceres, 31 de enero de 2025. El Secretario, MIGUEL RODRÍGUEZ RAMOS.
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