Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060321)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de fábrica de carbón vegetal, promovido por Ramón Rodríguez Borrallo, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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NÚMERO 30
7839
Jueves 13 de febrero de 2025
ción ambiental unificada a Ramón Rodríguez Borrallo para el proyecto de fábrica de carbón
vegetal en el término municipal de Higuera de Vargas (Badajoz), incluya los antecedentes de
hecho del expediente administrativo, las prescripciones ambientales relativas a las materias
reguladas en el artículo 14.1. de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Reglamento de autorizaciones y comunicación
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de
20 de mayo, señalando que, en cualquier fase del proyecto, se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo
que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta
normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento. y las siguientes condiciones:
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAUN22/085.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
a) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad
1. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
(1)
(2)
CANTIDAD
ESTIMADA AÑO
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Residuos de envases
Envases
15 01 (2)
500 kg
Lodos de fosas sépticas
Aguas residuales sanitarias
20 03 04
27,73 m3/año
Papel y cartón
Oficinas y desembalaje
20 01 01
1
Lodos de aguas
industriales
Lodos de la balsa de agua de enfriado
19 08 14
1
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
S
e incluyen los distintos códigos LER de envases, a excepción de los correspondientes a residuos peligrosos. Principalmente, envases textiles.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión
más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. E
n todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de
7839
Jueves 13 de febrero de 2025
ción ambiental unificada a Ramón Rodríguez Borrallo para el proyecto de fábrica de carbón
vegetal en el término municipal de Higuera de Vargas (Badajoz), incluya los antecedentes de
hecho del expediente administrativo, las prescripciones ambientales relativas a las materias
reguladas en el artículo 14.1. de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Reglamento de autorizaciones y comunicación
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de
20 de mayo, señalando que, en cualquier fase del proyecto, se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo
que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta
normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento. y las siguientes condiciones:
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAUN22/085.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
a) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad
1. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
(1)
(2)
CANTIDAD
ESTIMADA AÑO
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Residuos de envases
Envases
15 01 (2)
500 kg
Lodos de fosas sépticas
Aguas residuales sanitarias
20 03 04
27,73 m3/año
Papel y cartón
Oficinas y desembalaje
20 01 01
1
Lodos de aguas
industriales
Lodos de la balsa de agua de enfriado
19 08 14
1
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
S
e incluyen los distintos códigos LER de envases, a excepción de los correspondientes a residuos peligrosos. Principalmente, envases textiles.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión
más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. E
n todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de