Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060279)
Resolución de 31 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 6 del Plan General Municipal de La Parra. Expte.: IA23/1037.
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NÚMERO 27

7324

Lunes 10 de febrero de 2025

LISTADO DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros

X

Ayuntamiento de Villalba de los Barros

-

Ayuntamiento de Feria

-

El resultado de las contestaciones de las distintas Administraciones públicas afectadas y
personas interesadas se resume a continuación:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que la superficie de suelo rústico del término municipal de La Parra se ubica parcialmente en la Zona
Especial de Conservación (ZEC) “Sierra de María Andrés” (ES4310066). Los instrumentos de gestión de aplicación son el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura
2000 en Extremadura), Plan de Gestión 69 (anexo V del Decreto 110/2015, de 19 de
mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura) y
Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la naturaleza y de espacios naturales
de Extremadura; DOE n.º 86, de 28 de julio de 1998).
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son: flora endémica, Hábitats de Interés Comunitario (HICs), flora (astrálago, narciso,
orquídeas y boca de dragón), avifauna (grulla común y cernícalo primilla), mamífero
(murciélago grande de herradura, murciélago ratonero grande y murciélago de cueva).
En el presente informe es de aplicación lo establecido en el artículo 6, de la Directiva
Hábitats (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, DOUE n.º 206, de 22 de
julio de 1992); artículo 4, de la Directiva Aves (Directiva 2009/147/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las
aves silvestres, DOUE n.º 124, de 25 de abril de 2014); artículo 57, de la Ley 42/2007,
de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, BOE n.º 299, de 14 de
diciembre de 2007; Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de
Especies Amenazadas, BOE n.º 46, de 23 de febrero de 2011;Plan de Recuperación de
la Cigüeña Negra (Ciconia nigra) en Extremadura (Orden de 29 de junio de 2022, DOE
n.º 133 de 12 de julio de 2022), Área Importante por Alimentación; y Resolución de 14
de julio de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se delimitan