Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025080184)
Anuncio de 3 de febrero de 2025 sobre bases para la constitución de bolsas de trabajo para contrataciones temporales de Peón de Mantenimiento Usos Múltiples del Consorcio FEVAL-Institución Ferial de Extremadura mediante el procedimiento de concurso.
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NÚMERO 27
Lunes 10 de febrero de 2025
7344
INSTITUCIÓN FERIAL DE EXTREMADURA
ANUNCIO de 3 de febrero de 2025 sobre bases para la constitución de bolsas
de trabajo para contrataciones temporales de Peón de Mantenimiento Usos
Múltiples del Consorcio FEVAL-Institución Ferial de Extremadura mediante el
procedimiento de concurso. (2025080184)
D. Facundo Mera Arias con DNI ****461** en nombre y representación de FEVAL, Institución
Ferial de Extremadura, con CIF G-06038897, con domicilio social en Don Benito, y su avenida
de FEVAL, s/n., como Director General, en virtud de designación publicada en el DOE de fecha
22 de septiembre de 2023, con las potestades que me confiere el artículo 30 de los vigentes
Estatutos Consorciales, ha dictado la siguiente:
RESOLUCIÓN:
FEVAL se constituye como un Consorcio Público, cuyos fines entre otros, van encaminados a
la promoción, defensa y modernización del tejido empresarial extremeño, a través de diversas
actuaciones tanto a través de la realización de Ferias y Eventos, como de la cooperación, la
participación estratégica o la investigación en todas las áreas económicas, incluso formativas,
que implementen el avance económico de la región.
De conformidad con la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura los procesos de selección a realizar por el Consorcio FEVAL deberán respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de transparencia y agilidad, sin que esto
último menoscabe la objetividad de la selección. También deberán garantizar la imparcialidad
y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, para asegurar la independencia y discrecionalidad técnica en su actuación.
Con el fin de atender las necesidades de personal eventual del Consorcio FEVAL, observando lo
dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 40/2015
de Régimen Jurídico del Sector Público, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, Reglamento
General de ingreso personal CAE y de acuerdo con lo establecido en las Directrices para la
incorporación de personal, así como la contratación de personal temporal en las entidades del
sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acuerdan en el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura anualmente (Ley de Presupuesto
que esté vigente), se convoca este proceso selectivo, para la provisión temporal de puestos de
trabajo, así como cualquier normativa que la sustituya o complemente en su caso.
Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la constitución de bolsas de trabajo
para contrataciones temporales de peón de mantenimiento de usos múltiples del Consorcio
FEVAL-Institución Ferial de Extremadura,
Lunes 10 de febrero de 2025
7344
INSTITUCIÓN FERIAL DE EXTREMADURA
ANUNCIO de 3 de febrero de 2025 sobre bases para la constitución de bolsas
de trabajo para contrataciones temporales de Peón de Mantenimiento Usos
Múltiples del Consorcio FEVAL-Institución Ferial de Extremadura mediante el
procedimiento de concurso. (2025080184)
D. Facundo Mera Arias con DNI ****461** en nombre y representación de FEVAL, Institución
Ferial de Extremadura, con CIF G-06038897, con domicilio social en Don Benito, y su avenida
de FEVAL, s/n., como Director General, en virtud de designación publicada en el DOE de fecha
22 de septiembre de 2023, con las potestades que me confiere el artículo 30 de los vigentes
Estatutos Consorciales, ha dictado la siguiente:
RESOLUCIÓN:
FEVAL se constituye como un Consorcio Público, cuyos fines entre otros, van encaminados a
la promoción, defensa y modernización del tejido empresarial extremeño, a través de diversas
actuaciones tanto a través de la realización de Ferias y Eventos, como de la cooperación, la
participación estratégica o la investigación en todas las áreas económicas, incluso formativas,
que implementen el avance económico de la región.
De conformidad con la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura los procesos de selección a realizar por el Consorcio FEVAL deberán respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de transparencia y agilidad, sin que esto
último menoscabe la objetividad de la selección. También deberán garantizar la imparcialidad
y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, para asegurar la independencia y discrecionalidad técnica en su actuación.
Con el fin de atender las necesidades de personal eventual del Consorcio FEVAL, observando lo
dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 40/2015
de Régimen Jurídico del Sector Público, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, Reglamento
General de ingreso personal CAE y de acuerdo con lo establecido en las Directrices para la
incorporación de personal, así como la contratación de personal temporal en las entidades del
sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acuerdan en el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura anualmente (Ley de Presupuesto
que esté vigente), se convoca este proceso selectivo, para la provisión temporal de puestos de
trabajo, así como cualquier normativa que la sustituya o complemente en su caso.
Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la constitución de bolsas de trabajo
para contrataciones temporales de peón de mantenimiento de usos múltiples del Consorcio
FEVAL-Institución Ferial de Extremadura,