Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060150)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Convenio laboral sobre las condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera.
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NÚMERO 26
Viernes 7 de febrero de 2025

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Resulta necesario establecer un marco normativo y obligacional de las relaciones que vinculan
a los empleados públicos que prestan servicios para el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera,
definiendo los derechos y deberes que a cada uno le competen, en el ámbito de las disposiciones normativas generales que regulan las referenciadas relaciones de empleo público.
En atención a lo establecido en el artículo 31 del estatuto básico del empleado público, los
empleados públicos tienen derecho a la negociación colectiva, representación y participación
institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo, añadiendo el artículo 33.1
que la negociación colectiva de las condiciones de trabajo de los empleados públicos estará
sujeta a los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negociadora y transparencia.
El presente convenio se encuadra en el ejercicio de las posibilidades de actuación que confiere
al Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera, el artículo 38.1 del indicado texto normativo, conforme al cual, en el seno de la mesa de negociación correspondiente, los representantes de
las administraciones públicas podrán concertar pactos y acuerdos con la representación de las
organizaciones sindicales legitimadas a tales efectos, para la determinación de las condiciones
de trabajo de los empleados públicos de dichas administraciones, añadiendo, en su apartado
segundo, los límites del acuerdo-convenio que deberá quedar circunscrito a aquellas materias
que se correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que
los suscriba y se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente.
Como contenido mínimo el artículo 38.4 del estatuto determina que habrá de establecerse las
partes que lo conciertan, el ámbito personal, funcional, territorial y temporal, así como la forma, plazo de preaviso y condiciones de la denuncia, añadiendo en el apartado 5 la referencia
a la composición y funciones de la comisión paritaria, contenido que se incluye en el presente
documento, además del referido en el artículo 37 como materias susceptibles de negociación
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
El presente convenio laboral tiene como objeto principal la regulación de las relaciones laborales entre el Excmo. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera y el personal laboral a su servicio.
Artículo 2. Ámbito personal.
Las normas contenidas en el presente convenio serán de aplicación a todo el personal laboral (fijo, indefinido, temporal) del Excmo. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera, acuerdos,